* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir
en donación a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias,
el inmueble de propiedad del Superior Gobierno de la Provin-
cia, ubicado en Villa Mariano Moreno, Departamento Tafí Vie-
jo, con las siguientes medidas y linderos: al Norte 30,00 m.
con Superior Gobierno de la Provincia, al Sur 25,73 m. con
calle nº 27, al Este 10,00 m. con Superior Gobierno de la
Provincia y al Oeste línea quebrada de 6,00 m. y 5,73 m. con
calles nros. 12 y 27; con la siguiente nomenclatura catas-
tral: C.I.S. 25, M.P. 79, Parc. 1 A, Padrón 517781, Matrícu-
la 3431, Orden 7661; integrando una superficie de 290,7901
m2, según plano de mensura nº 17.553/91; e inscripto el do-
minio en la mayor extensión en el registro inmobiliario de
la Provincia en la Matrícula registral T-15700.
Art. 2º.- La fracción donada será destinada a la perfora-
ción de un pozo y obras necesarias para la provisión de agua
potable.
Art. 3º.- El cambio de destino del inmueble, la transfe-
rencia a título gratuito u oneroso total o parcial, la desa-
fectación de los fines a los que se encuentra destinado, da-
rá lugar a la revocación de la donación, reintegrándose el
inmueble al patrimonio provincial con las mejoras que se le
hubieren introducido sin derecho a indemnización alguna.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiocho días del mes de
setiembre de mil novecientos noventa y tres.