* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Transfiérese en venta a sus actuales ocu-
pantes, en las condiciones establecidas por la Ley Nº 5.670,
un inmueble de propiedad del Superior Gobierno de la Provin-
cia, ubicado en calle Anta Muerta esquina Facundo Quiroga
del Departamento de Yerba Buena (ex-Tafí), identificado con
la siguiente nomenclatura catastral C.I., S.M. M 46, P. 77,
Padrón 83930, Matrícula 8572, Orden 702, con las siguientes
medidas y linderos, al Norte 127,52 m. con calle San Javier;
al Sur 128,45 m. con calle Anta Muerta; al Este 6,00 m.;
127,59 m. y 6,00 m. con calle Facundo Quiroga y al Oeste
30,17 m.; 35,44 m. y 77,26 m., con Roque Aniceto Araujo in-
tegrando una superficie de 1 Ha. 8.380, 1.006 m2 según plano
de mensura Nº 13.843/89.
Art. 2º.- Autorízase al titular del INSTITUTO PROVINCIAL
DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, a suscribir las escrituras
traslativas de dominio del inmueble a favor de sus actuales
ocupantes en un todo de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº
5.670.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiocho días del mes de
setiembre de mil novecientos noventa y tres.