* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir
en donación a Dirección Provincial de Obras Sanitarias (DI.
P.O.S.), el inmueble de propiedad del Superior Gobierno de
la Provincia ubicado en Santa Bárbara, Ruta Provincial 301
Km. 10, Departamento Lules, con las siguientes medidas y
linderos; al Norte 30,00 mts. con Superior Gobierno de la
Provincia, al Sur 30,00 mts. con Superior Gobierno de la
Provincia; al Este 30,00 mts. con Superior Gobierno de la
Provincia y al Oeste 30,00 mts. con Ruta Provincial 301,
identificado en Dirección General de Catastro con la si-
guiente nomenclatura catastral C.I. S. 28; M. 12; P. 56 E;
Padrón 531.308, Matrícula 1.816 ; Orden 1.379, inscripto el
dominio en el Registro Inmobiliario de la Provincia en la
mayor extensión en la Matrícula Registral 9.16.141.
Art. 2º.- La fracción donada será destinada a la cons-
trucción de un pozo y obras complementarias para la provi-
sión del servicio de agua potable.
Art. 3º.- El cambio de destino del inmueble, la transfe-
rencia a título gratuito u oneroso, total o parcial o la de-
safectación de los fines a los que se encuentra destinado
dará lugar a la revocación de la donación, reintegrándose el
inmueble al patrimonio provincial con las mejoras que se hu-
bieren introducido sin derecho a indemnización alguna.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiocho días del mes de
setiembre de mil novecientos noventa y tres.