* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir
en donación al Arzobispado de Tucumán, un inmueble de pro-
piedad del Superior Gobierno de la Provincia, ubicado en Vi-
lla Mariano Moreno, Departamento Tafí Viejo, con las si-
guientes medidas y linderos: Norte: 20,00 m. con calle pú-
blica; Sur: 20,00 m. con calle pública; Este: 60,00 m. con
lotes Nº 2 y Nº 11; y al Oeste: 60,00 m. con mayor exten-
sión; identificado en mayor extensión con la siguiente no-
menclatura catastral: Circunscripción I; Sección 25; Manzana
31; Parcela 1; Padrón Nº 513.468; Matrícula 3431; Orden
4903; e inscripto el dominio en el Registro Inmobiliario en
la Matrícula T-14480.
Art. 2º.- La fracción donada será destinada a la cons-
trucción de una capilla del Culto Católico Apostólico Roma-
no.
Art. 3º.- El cambio de destino del inmueble, la transfe-
rencia a título gratuito u oneroso, total o parcial, la de-
safectación de los fines a los que se encuentra destinado
dará lugar a la revocación de la donación, reintegrándose el
inmueble al patrimonio provincial con las mejoras que hubie-
ren introducido sin derecho a indemnización alguna.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiocho días del mes de
setiembre de mil novecientos noventa y tres.