* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Acuérdase al Doctor Víctor Bruland la pen-
sión vitalicia de cuatrocientos pesos moneda nacional
mensual.
Art. 2º. El gasto que demande la presente ley se abonará
de rentas generales, imputándose a la misma, hasta tanto sea
incluido en el Presupuesto General de gastos de la Adminis-
tración.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
en Tucumán, a cinco de Octubre de mil ochocientos noventa y
cuatro.-