* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Créase una escuela de enseñanza especial en
la ciudad de Simoca, la que funcionará en las instalaciones
de la escuela de manualidades de esa localidad hasta tanto
se construya su local propio.
Art. 2º.- Fíjase para la escuela que se crea por el artí-
culo 1º, la siguiente planta de cargos:
- Director 1
- Secretario 1
- Maestras de Sección Diferencial 9
- Psicólogo 1
- Fonoaudióloga 2
- Asistente Social 1
- Maestra Especial de Educación
Plástica 1
- Maestra Especial de Actividades
Prácticas 2
- Maestro Especial de Educación
Física 1
- Celadores 2
- Conserje 3
TOTAL 24
Art. 3º.- Apruébase el funcionamiento provisorio de la
misma a partir del período lectivo de 1987, conforme resolu-
ción nº 1.497 del Consejo de Educación de la Provincia.
Art. 4º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las
compensaciones de partidas presupuestarias que resulten ne-
cesarias para el cumplimiento de la presente ley como así
también a modificar la planta de cargos de la Unidad de Or-
ganización 370 - Dirección General de Educación Inicial,
Primaria y Primaria Especial y el total del número de cargos
de la planta de personal establecida en el artículo 9º de la
ley nº 6.439 de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de
Recursos de la Administración Pública Provincial, Año 1.993.
Art. 5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los ocho días del mes de oc-
tubre de mil novecientos noventa y tres.