* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Mantiénese en la Provincia de Tucumán, el
Estado de Emergencia Sanitaria declarado por la Ley nº
6.342, en las mismas condiciones allí dispuestas.
Art. 2º.- La presente Ley tendrá vigencia por un (1) año,
a partir de la fecha de su promulgación.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiséis días del mes de
octubre de mil novecientos noventa y tres.