* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que, por
medio del Departamento Topográfico, mande practicar los es-
tudios necesarios para la construcción de un canal que par-
tiendo del paso del Corralito, en el río de Marapa, termine
en la estación Lamadrid, pasando por la Villa de Graneros.
Art.2º.- Autorízase igualmente al Poder Ejecutivo para
mandar practicar estudios comparativos entre el costo del
canal a que se refiere el artículo 1º, y el valor de la ex-
propiación de la acequia conocida con el nombre de Acequia
de Graneros, que existe en el Departamento del mismo nombre,
como asimismo la extensión de terreno que la referida
acequia podrá regar.
Art.3º.- Una vez practicados los estudios, el Poder Eje-
cutivo los remitirá a la Honorable Legislatura.
Art.4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
en Tucumán, a veintiséis de Octubre de mil ochocientos no-
venta y cuatro.