* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Declárase monumento histórico Provincial al
edificio del Teatro San Martín, ubicado en Avenida Sarmiento
nº 601.
Art. 2º.- El Teatro San Martín sólo podrá ser empleado en
actividades artísticas y culturales, y para cuestiones de
orden académico, debidamente justificadas y expresamente au-
torizadas.
Art. 3º.- Prohíbese su utilización para reuniones políti-
cas, partidarias, proselitistas, gremiales, deportivas y
privadas. El incumplimiento de esta disposición hará respon-
sable administrativa y personalmente a los funcionarios com-
petentes.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán; a los veintiocho días del mes de
abril de mil novecientos noventa y cuatro.