* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a ceder el
crédito que resultare titular la Comuna Rural de El Manan-
tial, en virtud de la multa impuesta por el loteo irregular
de los padrones números 82.480, 81.377 y 180.297 de su ju-
risdicción.
Art. 2º.- La cesión se realizará a favor de los poseedo-
res de buena fe del Barrio El Sol, padrón catastral números
126.641 y 126.642, y según las modalidades que se establez-
can en forma reglamentaria.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los diez días del mes de Mayo
de mil novecientos noventa y cuatro.