* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar al
Arzobispado de Tucumán, el inmueble de propiedad del Supe-
rior Gobierno de la Provincia, ubicado en calle Isabel La
Católica Nº 650. Barrio Los Pinos, San Miguel de Tucumán
Departamento Capital, con las siguientes medidas y linderos:
al norte 19.92 m. con calle Isabel La Católica, al sur
19,96 m. con Pasaje legalmente cerrado, al este 32,84 m.
con Zulema Aráoz de González y Antonio Saldaño y al Oeste
32,76 m. con Plaza García Hamilton, Identificado con la si-
guiente nomenclatura catastral: C.I., S VII b, M.P. 32, Par-
cela 7B, Padrón 229,562, Matrícula-Orden 11.306/5377, con
superficie según mensura de 653.9690 m2., según Plano Nº
19.908/92. Inscripto el dominio en el Registro Inmobiliario
al Libro 106, Folio 130. Serie B, Año 1.946 y Libro 106, Fo-
lio 126. Serie B. Año 1.947.
Art. 2º.- La fracción donada será destinada a la Capilla
de Nuestra Señora de Los Dolores y Virgen del Rosario del
Culto Católico Apostólico Romano.
Art. 3º.- El cambio de destino del inmueble, la transfe-
rencia a título gratuito u oneroso, total o parcial o la de-
safectación de los fines a los que se encuentra destinado
dará lugar a la revocación de la donación, reintegrándose el
inmueble al patrimonio Provincial con las mejoras que se hu-
bieren introducido sin derecho a indemnización alguna.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los trece días del mes mayo de
mil novecientos noventa y cuatro.