* CADUCA*
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir
a la Dirección Provincial de Obras Sanitarias (Di.P.O.S.)
los inmuebles de propiedad del Superior Gobierno de la Pro-
vincia, que se encuentren ocupados por el citado organismo y
son utilizados para el servicio de Agua y Cloacas.
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los treinta días del mes de
junio de mil novecientos noventa y cuatro.