* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir
en el personal de servicio nocturno de policía en los pue-
blos de Monteros, Concepción y Medinas, las entradas prove-
nientes del impuesto de seguridad creado por ley del 12 de
Enero de 1889.
Art. 2º.- Los agentes destinados para este servicio de-
vengarán el mismo sueldo que los de la policía de campaña.
Art. 3º.- Los sobrantes que resulten del producido de
dicho impuesto, ingresarán a rentas generales.
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
en Tucumán, a diez de Diciembre de mil ochocientos noventa y
cuatro.-