• Detalle de Ley

    Ley N°: 6591
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO - SERVICIOS PUBLICOS - CULTURA Y EDUCACION - DEPORTES
    Sancionada: 12/08/1994
    Promulgada: 09/09/1994
    Publicada: 27/09/1994
    Boletin Of. N°: 23362

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Condónase toda deuda que, a la fecha de en-
    trada en vigencia de la presente ley, mantuvieran con la Di-
    rección Provincial de Obras Sanitarias, por los servicios de
    agua potable  y cloacas, las asociaciones culturales, depor-
    tivas y entidades de bien público, sin fines de lucro.
    
       Art. 2º.- Para  gozar del beneficio instituido por el ar-
    tículo anterior,  las  entidades  comprendidas deberán tener
    personería jurídica y su situación institucional regulariza-
    da.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los doce días del mes de agos-
    to de mil novecientos noventa y cuatro.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    CONDONA TODA DEUDA QUE MANTUVIERAN LAS ENTIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS, SIN FINES DE LUCRO, CON LA DIRECCION DE OBRAS SANITARIAS POR LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y CLOACAS.

  • Observaciones