• Detalle de Ley

    Ley N°: 6592
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CONSTITUCIONAL - POLITICO
    Sancionada: 08/09/1994
    Promulgada: 22/09/1994
    Publicada: 29/09/1994
    Boletin Of. N°: 23364

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el  artículo  10  de  la Ley Nº
    1.279 y  sus modificatorias (Régimen Electoral de la Provin-
    cia), de la siguiente forma:
             "Art. 10.- Hasta doce días antes de la elección, se
              hará la proclamación de los candidatos titulares y
              suplentes en listas que comprenderán el número to-
              total de  los que deban elegirse como titulares en
              cada distrito  electoral e igual número de suplen-
              tes, según  el decreto de convocatoria. Las listas
              que se presenten deberán tener mujeres en un míni-
              mo del  30 % de los candidatos a los cargos a ele-
              gir y  en proporciones con posibilidad de resultar
              electas. No será oficializada ninguna lista que no
              cumpla estos requisitos".
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a ocho días del mes de setiembre
    de mil novecientos noventa y cuatro.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 1279
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LEY N° 1279 Y SUS MODIFICATORIAS -RÉGIMEN ELECTORAL-.

  • Observaciones