• Detalle de Ley

    Ley N°: 660
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 10/12/1894
    Promulgada: 12/12/1894
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
        El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo  para invertir
    de rentas generales la suma de diez mil setenta y ocho pesos
    cincuenta y  siete  centavos  moneda nacional en pago de los
    créditos que  adeuda  el Departamento de Hacienda e Instruc-
    ción Pública,  correspondientes a ejercicios vencidos de los
    años siguientes:
       1887-A la  Comisión Central de Educación- Para abonar los
    sueldos del personal de la escuela de Aguilares, por los me-
    ses de Marzo a Junio de 1887, comprobante número 1,$m/n 488.
       1886-A la Comisión Central de Educación- Para pagar al ex
    Presidente, Don  Angel  C. Bustos, una devolución de sueldos
    de maestros hecha por duplicado, comprobante  número 2,$ m/n
    369.-
       1891-A Carmen Sal- Por honorarios como Receptor de Rentas
    del Departamento de Burruyacu, comprobante número  3,$ m/n.
    874.61.
       1892-A Enrique Passarell- Por honorarios como Receptor de
    Rentas del Departamento de Chicligasta, comprobante número 4
    pesos m/n 5.014.14.
       1892-A Juan  Vicentini-  Por  honorarios como Receptor de
    Rentas de  la  Sección Oeste del Departamento de la Capital,
    comprobante número 5. $ m/n 86.27.
      A Honorio  Colombres- Por honorarios como Receptor de Ren-
    tas del  Departamento  de  Burruyacu,  comprobante número 6,
    pesos moneda nacional 666.06.
       Al Ferrocarril  Buenos Aires y Rosario- Por pasajes expe-
    didos por orden del Ministerio, comprobante número 7, $ m/n.
    419.10.
       Al Tesorero  General-  Por intereses y descuentos pagados
    en 1893,  comprobante    número    8,    $    m/n   1.796.23
       A Vicente  de Angeli- Por honorarios como vocal de la Co-
    misión Avaluadora de la Contribución Directa del Departamen-
    to de Río Chico, comprobante número 9, $ m/n. 300.
       A Eduardo  Loze-  Ex Comisario. Por sobre sueldo acordado
    por fiscalización  y  control  del  impuesto a los azúcares,
    comprobante número 10, $ m/n 64.66.
    
       Art. 2º.- El  gasto  que origine el  cumplimiento de esta
    ley, se imputará a la misma.
    
       Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura,
    en Tucumán, a diez de Diciembre de mil ochocientos noventa y
    cuatro.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A ABONAR CREDITOS ADEUDADOS POR EL DEPARTAMENTO DE HACIENDA E INSTRUCCIÓN PUBLICA, CORRESPONDIENTES A EJERCICIOS VENCIDOS DE AÑOS 1886, 1887, 1891, 1892 Y 1893.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 18- PÁG. 281 A 285.-