• Detalle de Ley

    Ley N°: 6612
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO - SEGURIDAD PUBLICA
    Sancionada: 19/12/1994
    Promulgada: 10/01/1995
    Publicada: 13/01/1995
    Boletin Of. N°: 23438

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Se establece que en un plazo de 180 (ciento
    ochenta) días  contados a partir de la fecha de promulgación
    de la presente, el Poder Ejecutivo procederá a conformar una
    comisión para la redacción de un proyecto de Marco Regulato-
    rio en  materia  de comercialización en Mercados y de Comer-
    cialización en general dentro de la jurisdicción Provincial,
    contemplando todos los aspectos que hacen al ejercicio de su
    Poder de  Policía  y los derechos y obligaciones de los pro-
    ductores, comerciantes y de la comunidad en general.
    
       Se invitará a la Municipalidad de San Miguel de Tucumán a
    promover la confección de un Régimen de Marco Regulatorio, a
    nivel de  dicho  Ente Autárquico territorial y dentro de sus
    competencias, complementario  y  compatible  con  el régimen
    Provincial a  dictarse. En tal sentido se lo autoriza a for-
    malizar comisiones de estudio y trabajo conjuntas.
    
       En las  comisiones  a formarse se invitará a participar a
    representantes de  la Corporación del Mercado Frutihortícola
    de Tucumán (Mer.Co.Frut.). El nuevo Marco Regulatorio deberá
    estar en  vigencia antes del comienzo del funcionamiento del
    Mercado Frutihortícola de Tucumán.
    
       Art. 2º.- Con  una  anticipación  de 180 (ciento ochenta)
    días, a  la puesta en funcionamiento del Mercado Frutihortí-
    cola de  Tucumán,  la Corporación del Mercado Frutihortícola
    de Tucumán (Mer.Co.Frut.) deberá presentar a la Autoridad de
    Aplicación, el  Reglamento Interno de Funcionamiento, el que
    a su vez, tendrá que ser aprobado 90 (noventa) días antes de
    la fecha fijada para el inicio de las operaciones.
    
       Art. 3º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los diecinueve días del mes de
    diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ESTABLECE PLAZO PARA FORMAR LA COMISIÓN DE REDACTORES DEL PROYECTO DE MARCO REGULATORIO DE COMERCIALIZACIÓN EN MERCADOS Y EN GENERAL.

  • Observaciones