• Detalle de Ley

    Ley N°: 666
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 05/01/1895
    Promulgada: 14/01/1895
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir
    de rentas generales hasta la suma de cincuenta mil pesos mo-
    neda nacional  en la adopción de medidas precaucionales con-
    tra la  invasión de la epidemia del cólera asiático y el es-
    tablecimiento de servicios de sanidad en caso de que se pro-
    duzca el contagio en los habitantes de la Provincia.
    
       Art. 2º.- Oportunamente el Poder Ejecutivo rendirá cuenta
    del uso  que  hubiere  hecho  de esta autorización, debiendo
    imputarse los gastos a la presente ley.
    
       Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia, a los cinco días de Enero del año mil ocho-
    cientos noventa y cinco.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DESTINA FONDOS PARA ADOPCION DE MEDIDAS CONTRA LA EPIDEMIA
    DEL COLERA ASIATICO. ESTABLECE SERVICIOS DE SANIDAD EN CASO
    DE CONTAGIO.

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOSTOMO 18 - PÁG. 337