• Detalle de Ley

    Ley N°: 6742
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 07/03/1996
    Promulgada: 20/03/1996
    Publicada: 22/03/1996
    Boletin Of. N°: 23739

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y:
    
       Artículo 1º.- Ratifícase  el  Decreto  Nº 229/3 (S.H.) de
    fecha 12 de Febrero de 1996, dictado por el señor Gobernador
    de la Provincia.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los siete días del mes de mar-
    zo de mil novecientos noventa y seis.
    
    
    
       San Miguel de Tucumán, 12 de Febrero de 1996.
    
       DECRETO Nº 229/3 (S.H.).
    
       VISTO que  la  Provincia gestiona ante el Banco de la Na-
    ción Argentina  un crédito por la suma de $ 14.000.000- para
    hacer frente a obligaciones reconocidas con el Banco del Tu-
    cumán S.A.-, y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que la  Ley  Provincial  Nº 6569 modificada por las Leyes
    Nros.6585 y 6687, autoriza al Poder Ejecutivo a tomar crédi-
    tos del Estado nacional y/u Organismos Nacionales e Interna-
    cionales de  crédito,  afectando  hasta un máximo del 10% de
    los fondos que mensualmente le corresponde a la Provincia en
    concepto de Coparticipación Federal.
    
       Que excediendo  el monto y las condiciones de la presente
    operatoria, la autorización concedida al Poder Ejecutivo por
    la Ley  Nº 6569 y sus modificatorias, sería menester el dic-
    tado de una Ley, pero dada la urgente necesidad de saldar la
    deuda que  se  mantiene con dicha Entidad financiera provin-
    cial, la situación amerita la adopción de medidas extraordi-
    narias.
    
       Que las  medidas  adoptadas en este acto resultan incues-
    tionablemente eficaces y pertinentes en relación al objetivo
    propuesto.
    
       Que el  ejercicio  de  las facultades legislativas por el
    Poder Ejecutivo  en  situaciones  de  necesidad  y urgencia,
    cuenta con el respaldo de la mejor doctrina constitucional y
    administrativa (J.  V.  González,  Manual de la Constitución
    Argentina;  Villegas   Vasavilbaso;  Marienhhoff;  Cassagne;
    Diez, Linares,  etc.) y de la Jurisprudencia de la Corte Su-
    prema de Justicia de la Nación, quien reconoce que, la cele-
    ridad con  que necesitan ser tratados determinados problemas
    económicos en  tiempo  de crisis, no le permiten al Congreso
    que dichos  problemas sean tratados y resueltos con eficien-
    cia con su intervención (Caso Peralta, Considerando Nº 28).
    
       Que la  presente medida se dicta en el marco de las atri-
    buciones conferidas por la Ley Nº 6.686.
    
       Por ello,
    
                   EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
    
                           DECRETA:
    
       ARTICULO 1º.-  Facúltase al Señor Ministro de Hacienda de
    la Provincia,  C.P.N.  RAMON NEREO ARNEDO, a tomar, a nombre
    de la Provincia un crédito del BANCO DE LA NACION ARGENTINA,
    por la  suma  de  PESOS CATORCE MILLONES ($ 14.000.000) para
    atender el  pago  de las obligaciones exigibles por el Banco
    del Tucumán S.A.
    
       ARTICULO 2º.-  Facúltase  al  Señor Ministro de Hacienda,
    C.P.N. Ramón Nereo ARNEDO a suscribir la documentación nece-
    saria para  afectar especialmente la Coparticipación Federal
    que le  corresponde  a  la Provincia, en virtud de la Ley Nº
    23.548, en un 10,80 % mensual, a partir del 1 de abril y du-
    rante 120  días, hasta la cancelación del crédito solicitado
    al BANCO  DE LA NACION ARGENTINA por el SUPERIOR GOBIERNO DE
    LA PROVINCIA, a que hace referencia el artículo anterior.
    
       ARTICULO 3º.-  Dése  oportuna intervención a la Honorable
    Legislatura de la Provincia.
    
       ARTICULO 4º.-  El presente Decreto será refrendado por el
    Señor Ministro de Gobierno, Educación y Justicia.
    
       ARTICULO 5º.-  Dése  a  la Dirección de Archivo del Poder
    Ejecutivo, comuníquese,  publíquese  en el Boletín Oficial y
    archívese.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153
    Ratifica DECRETO 229-3-SH-1996

  • Resumen

    RATIFICA EL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 229/3, DEL 12-02-96; MEDIANTE EL CUAL SE FACULTA AL SR. MINISTRO DE HACIENDA A TOMAR UN CREDITO DEL BANCO NACION ARGENTINA.

  • Observaciones