• Detalle de Ley

    Ley N°: 6773
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SEGURIDAD SOCIAL
    Sancionada: 04/06/1996
    Promulgada: 16/09/1996
    Publicada: 18/09/1996
    Boletin Of. N°: 23862

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       La Legislatura de la Provincia de  Tucumán, sanciona  con
    fuerza de
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Establécese por esta única vez y con carác-
    ter de excepción a lo que  dispone la Ley  Nº 6.446 (Régimen
    Jubilatorio de la Provincia), que los empleados y obreros de
    los Talleres Ferroviarios de Tafí Viejo, que tengan  cumpli-
    dos los 25 años de servicios, puedan obtener los  beneficios
    de la jubilación ordinaria, sin limite de edad y sin  requi-
    sitos de cumplimentar los 10 años de aportes al Instituto de
    Previsión y Seguridad Social.
    
       Art. 2º.- Los  beneficiarios deberán encontrarse en acti-
    vidad y percibiendo sus haberes del Gobierno Provincial.
    
       Art. 3º.- Los 25 años de servicios se tomarán con aportes
    computables en uno o más regímenes jubilatorios comprendidos
    en el sistema de reciprocidad y los  beneficiarios  quedarán
    sujetos a realizar los aportes hasta completar  los 30  años
    exigidos por ley. El Estado provincial deberá también  inte-
    grar por el mismo tiempo los  aportes patronales  correspon-
    dientes.
    
       Art. 4º.- El Poder Ejecutivo deberá gestionar la firma de
    convenios que permitan, dentro del  sistema de  reciprocidad
    jubilatoria, que los aportes sean transferidos a valores ac-
    tualizados al momento de hacer efectiva la transferencia.
    
       Art. 5º.- Comuníquese.-
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los cuatro días del mes de Ju-
    nio de mil novecientos noventa y seis.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    ESTABLECE BENEFICIO JUBILATORIO DE CARÁCTER EXCEPCIONAL PARA OBREROS FERROVIARIOS DE TAFÍ VIEJO, QUE HUBIERAN CUMPLIDO 25 AÑOS DE SERVICIO.

  • Observaciones