* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Declarar de carácter provincial la Fiesta
del Tabaco, a realizarse en el mes de marzo de cada año, en
la ciudad de La Cocha.
Art.2º.- Nombrar Capital Provincial del Tabaco, a la ciu-
dad de La Cocha.
Art.3º.- El producido de la recaudación neta de la Fiesta
Provincial del Tabaco, será destinado al Hospital de la Co-
cha y a los Centros de Asistencia Primaria.
Art.4º.- Dar difusión oficial atento a la envergadura del
evento y la importancia que la misma tiene para la Provincia
y en especial para los departamentos tabacaleros del sur.
Art.5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los dieciocho días del mes de
febrero de mil novecientos noventa y siete.-