* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público del Estado
Provincial los terrenos fiscales, que se detallan a conti-
nuación:
1.- Terreno Fiscal ubicado en la Localidad Delfín
Gallo, departamento Cruz Alta; Medidas: lado 1-2=118,45 m al
Este; lado 2-3=97.01 m al Norte; lado 3-B=119.05 m al Oeste;
lado B-1=92.36 m al Sur, con los siguientes linderos: Norte:
Superior Gobierno de la Provincia, Sur: Avenida Nuestra Se-
ñora del Carmén; Este: Superior Gobierno de la Provincia y
Oeste camino público. Dominio: Matrícula Registral A-8336,
en mayor extensión. Nomenclatura Catastral: Circunscripción:
I, Sección: L, Lámina: 139, Parcela 233: F (2), Padrón:
572.158, Matrícula: 12912, Orden: 388.
Superficie requerida para la programación de viviendas:
1 Ha. 1150.3090 m2.
2.- Terreno fiscal ubicado en la Localidad de Las
Cejas, departamento Cruz Alta, medidas: lado 1-2=7.52 m al
Norte, lado 2-3=99.91 m, lado 3-4=20.17 m, lado 4-5=70.06 m
al Oeste; lado 5-6=50.22 m al noroeste; lado 6-7=16.41 m al
Oeste, lado 7-8=124.63 m al Sur; lado 8-1=206.57 m al Este,
con los siguientes linderos: Norte: calle Julio Argentino
Roca, Sur: Superior Gobierno de la Provincia, Este: Superior
Gobierno de la Provincia, Oeste: propietarios varios. Ins-
cripto en el dominio: Matrícula Registral A-8594. Nomencla-
tura Catastral: Circunscripción I; Sección: F, Lámina: 22;
Parcela: 9-A, Padrón: 572.165, Matrícula 13499, Orden: 490.
Superficie requerida para la programación de viviendas:
1 Ha. 5885.0725 m2.
3.- Terreno fiscal ubicado en la localidad de Agua
Dulce, departamento Leales, Medidas: Lado 1-2=69.13 m al O-
este, lado 2-3=162.26 m al Sur, lado 3-4=12.00 m al Este,
lado 4-5=53.39 m al Norte, lado 5-6=48.02 m al Este, lado
6-1=110.08 m al Norte, con los siguientes linderos: Norte:
Superior Gobierno de la Provincia, Sur: Superior Gobierno de
de la Provincia, Sur: Superior Gobierno de la Provincia, Es-
te: Ruta Provincial Nº 320 y Oeste: Superior Gobierno de la
Provincia. Inscripto en el dominio: Matrícula Registral:
L-1527; en mayor extensión. Nomenclatura Catastral: Cir-
cunscripción: II, Sección: B, Lámina: 287, Parcela: 240 C1,
Padrón: 188517, Matrícula 22928, Orden 360.
Superficie requerida para la programación de viviendas:
7.700,9798 m2.
4.- Terreno fiscal ubicado en la Localidad 7 de
Abril, departamento Burruyacu, Medidas: Lado 1-2=110.00 m al
Sur,lado 2-3=20.00 al Oeste, lado: 3-4=10.00 m al Norte,
lado 4-5=240.75 m al Oeste, lado 5-6=120.00 m al Sur, lado
6-1=260.75 m al Este, con los siguientes linderos: Norte:
Escuela Agroindustrial, Sur: Superior Gobierno de la Provin-
cia, Este: Superior Gobierno de la Provincia y Oeste: Villa
7 de Abril. Inscripto en el dominio: Matrícula Registral:
B-1210, en mayor extensión. Nomenclatura Catastral: Circuns-
cripción: Y, Sección: G, Lámina: 254, Parcela: 50, Padrón:
95170, Matrícula: 2554, Orden 28.
Superficie requerida para la programación de viviendas:
3 Ha. 1088.8083 m2.
5.- Terreno fiscal ubicado en la localidad Río Se-
co departamento Monteros, Medidas: Lado 1-2=127.63 m al Nor-
te, lado 2-3=159.34 m al Oeste, lado 3-4=127.42 m al Sur,
lado 4-1=162.99 m al Este, con los siguientes linderos: Nor-
te: Barrio Fernando Riera, Sur: Cementerio, Este: Francisco
Brito y Oeste: calle. Inscripto en el dominio: Matrícula Re-
gistral: M-4321 en mayor extensión. Nomenclatura Catastral:
Circunscripción II, Sección F, Lámina 344, Parcela: 149 B,
Padrón: 147165, Matrícula: 18176, Orden: 721.
Superficie requerida para la programación de viviendas:
2 Ha. 0547.2700 m2.
6.- Terreno Fiscal ubicado en la localidad Los Pi-
zarros, departamento La Cocha - Medidas: lado A-B=51.79 m al
Sur, lado B-C=76.26 m al Este, lado C-D=40.57 m al Norte y
lado D-A=74.70 m al Oeste, con los siguientes linderos: Nor-
te: Superior Gobierno de la Provincia, Sur: Pasaje María
Auxiliadora, Este: Juan Robles y Oeste: Comisaría, C.A.P.S.,
Comuna Rural Los Pizarros, Capilla y Superior Gobierno de la
Provincia. Dominio: en posesión del Superior Gobierno de la
Provincia. Expropiado mediante Decreto Nº 343/13 del
22/07/48 a la Señora Olimpia de Parache. Superficie expro-
piada 18.799,93 m2. Nomenclatura Catastral: Circunscripción:
Y, Sección: B, Lámina: 340, Parcela: 70 G, Padrón: 390.050;
Matrícula: 65566, Orden: 13.
Superficie requerida para la programación de viviendas:
3.468,6128 m2.
7.- Terreno fiscal ubicado en la localidad de San-
ta Ana, departamento Río Chico, Medidas: Lado A-B=99.49 m al
Sur, lado B-C=138.42 m al Este, lado C-D=98.48 m al Norte y
lado D-A=140.31 m al Oeste, con los siguientes linderos:
Norte: Ex-Ingenio Santa Ana, Sur: Estación Terminal de Omni-
bus, Este: Ex-Ingenio Santa Ana y Oeste: calle Julio Argen-
tino Roca. Dominio: Libro 13, Folio 59, Serie: B-Año 1958,
departamento Río Chico en mayor extensión.- Nomenclatura
Catastral: Circunscripción: I, Sección: 4, Lámina: 461, Par-
cela: 55-K, Padrón: 161.731, Matrícula: 45181, Orden: 2.
Superficie requerida para la programación de viviendas:
1 Ha 3795,7170 m2.
Art. 2º.- Desaféctase de las disposiciones establecidas
en la Ley Nº 6.015, una fracción del inmueble de propiedad
del Superior Gobierno de la Provincia ubicado en la locali-
dad de Villa Quinteros del Departamento Monteros, compuesto
de las siguientes medidas y linderos:
- NORTE: 394,60 mts. con mayor extensión;
- SUR: 357,52 mts. con calle pública;
- ESTE: 120,93 mts. con Ruta Nacional Nº 38;
- OESTE: 127,93 mts. con mayor extensión.
Identificado en mayor extensión con la siguiente nomen-
clatura catastral: Circunscripción II; Sección F;Lámina 354;
Parcela 8; Padrón Nº 41.476; Matrícula 16.560; Orden 10; e
inscripto en el Registro Inmobiliario en la Matrícula Regis-
tral M- 4.325.
Art. 3º.- Transfiérese, en donación al Instituto Provin-
cial de Vivienda y Desarrollo Urbano, los terrenos fiscales
descriptos en los artículos primero y segundo, para la eje-
cución de planes de viviendas, conforme las pautas que de-
termine el mencionado Instituto, destinadas a los habitantes
de escasos recursos, radicados en los Municipios y Comunas
Rurales.
Art. 4º.- El precio de venta, requisitos exigidos, prohi-
biciones, plazos, y cuotas de amortización, serán las que a
tal fin fije el Organismo ejecutor, en concordancia con nor-
mativa vigente a tal fin.
Art. 5º.- Las escrituras traslativas de dominio se harán
gratuitamente a través de Escribanía de Gobierno y los adju-
dicatarios deberán inscribir el inmueble como bien de fami-
lia.
Art. 6º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintisiete días del mes
de junio de mil novecientos noventa y siete.