• Detalle de Ley

    Ley N°: 6847
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SEGURIDAD PUBLICA
    Sancionada: 07/10/1997
    Promulgada: 24/10/1997
    Publicada: 28/10/1997
    Boletin Of. N°: 21142

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       La Legislatura de la  Provincia  de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
      
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- En todos los casos de detenciones por deli-
    tos y  contravenciones, el  personal policial  actuante, sin
    perjuicio  de la  intervención de la  autoridad judicial que
    corresponda, deberá comunicarlas inmediatamente a la oficina
    de Mesa de Atención Permanente del Centro Judicial de la Ca-
    pital y del Centro Judicial de Concepción.
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones  de la Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los siete días  del mes de oc-
    tubre de mil novecientos noventa y siete.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    ESTABLECE EL DEBER DE INFORMAR DEL PERSONAL POLICIAL A MESA DE ATENCIÓN PERMANENTE DE TRIBUNALES POR DETENCIONES.

  • Observaciones