* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo. 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir
en donación a la Asociación Civil "Institución Salesiana San
Francisco Solano", Inscripta en Inspección General de Justi-
cia Nº 354074 / 3684, un inmueble de propiedad del Superior
Gobierno de la Provincia ubicado en El Cadillal, Departamen-
to Tafí Viejo que, según plano aprobado Nº 29.293/97, consta
de las siguientes medidas y linderos:
NORTE: Línea quebrada 129,78 mts y 136,10 mts, con Supe-
rior Gobierno de la Provincia.
SUR: Línea quebrada 118,62 mts; 81,24 mts; 43,27 mts
y 35,57 mts, con ruta Provincial Nº 347.
ESTE: 80,01 mts, con Superior Gobierno de la Provincia.
OESTE: 17,66 mts, con Superior Gobierno de la Provincia.
Identificado con la siguiente nomenclatura catas-
tral, Circunscripción I; Sección 19; Lámina 1; Parcela 5b
(17) C, Padrón nº 522.278, Matrícula 3435 Orden 458 e ins-
cripto en el Registro Inmobiliario en mayor extensión al Li-
bro 74, Folio 128, Serie C, Año 1972, Capital Norte.
Art. 2º.- El inmueble descripto en el artículo anterior,
será destinado a la construcción y funcionamiento de casa de
retiro espiritual y Complejo Deportivo.
Art. 3º.- La donataria no podrá transferir a título gra-
tuito u oneroso, ni gravar con derechos reales, ni
desafectar de los fines previstos el inmueble descripto en
el artículo 1º. El incumplimiento del cargo establecido o
la disolución de la entidad, dará derecho a la revocatoria
de la donación, debiéndose reintegrar el inmueble al
patrimonio del Estado Provincial, sin derecho a indemniza-
ción alguna.
Art. 4º.- la Escritura traslativa de dominio será otorga-
da a título gratuito por ante Escribania de Gobierno.
Art. 5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los siete días del mes de se-
tiembre de mil novecientos noventa y ocho.-