• Detalle de Ley

    Ley N°: 696
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SEGURIDAD SOCIAL
    Sancionada: 03/03/1896
    Promulgada: 06/03/1896
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Acuérdase  a  Don  Ambrosio P. Castillo  la
    jubilación de  su  empleo de portero del Juzgado del Crimen,
    con la  pensión  vitalicia de cuarenta pesos moneda nacional
    mensuales.
    
       Art. 2º.- Los gastos que demande la presente ley se impu-
    tarán a la misma.
    
       Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la  H. Legislatura, en Tu-
    cumán, a tres de Marzo de mil ochocientos noventa y seis.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ACUERDA JUBILACIÓN DE PORTERO DEL JUZGADO DEL CRIMEN.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 20- PÁGINA 117/119.-