• Detalle de Ley

    Ley N°: 700
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 12/09/1896
    Promulgada: 12/09/1896
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán,
    
                                RESUELVE:
    
       Artículo 1º.- Concédese a S.E.  el Señor Gobernador de la
    Provincia, la  licencia  que  solicita  para  ausentarse por
    sesenta días del territorio de la misma.
    
       Art. 2º.- Comuníquese, etc.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a doce
    de Septiembre de mil ochocientos noventa y seis.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    CONCEDE LICENCIA AL SEÑOR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO DE LA MISMA.-

  • Observaciones

    PRORROGADA POR LEYES 716 Y 719. COMPILACION DE LEYES Y DCTOS- TOMO 20- PAG. 263.-