• Detalle de Ley

    Ley N°: 708
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 22/10/1896
    Promulgada: 27/10/1896
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de.
    
                                 L E Y:
    
       Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir
    hasta la  suma  de  diez  mil  pesos moneda nacional para el
    enrolamiento de la Guardia Nacional de la Provincia.
    
       Art. 2º.- El Poder Ejecutivo  hará  las gestiones ante el
    Gobierno de  la  Nación  para reembolsarse de dicha suma, de
    acuerdo con la ley vigente sobre enrolamiento.
    
       Art. 3º.- Comuníquese, etc.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de  la H. Legislatura, a
    veintidós de Octubre de mil ochocientos noventa y seis.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DESTINA FONDOS PARA EL ENROLAMIENTO DE LA GUARDIA NACIONAL DE LA PROVINCIA.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 20- PÁG. 296.-