* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Facúltase al Poder Ejecutivo a disponer una
emisión extraordinaria de Bonos de Cancelación de deudas
(Ley Nº 5.728 y sus modificatorias Ley Nº 5.866 y Ley Nº
6.969) por la suma de Pesos diecinueve millones ($
19.000.000.-).
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los quince días del mes de
mayo del año dos mil uno.-