* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Apruébase en todas sus partes el Decreto
con invocación a Necesidad y Urgencia Nº 1.471/3 (ST).
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los seis días del mes de julio
del año dos mil uno.
San Miguel de Tucumán, 25 de junio de 2001.-
DECRETO Nº 1.471/3 (ST).
EXPEDIENTE Nº 519/460-U-00.-
VISTO, la propuesta efectuada por la firma SINTEPLAST en
relación a la CASA CREART, y
CONSIDERANDO:
Que la mima consiste en llevar a cabo una exposición de
diseños, espacios y objetos, donde los creativos de nuestro
País encuentren un lugar para expresar sus ideas y que fun-
cionará en las instalaciones de la Secretaría de Estado de
Turismo;
Que la mencionada Secretaría de Estado efectúa un aná-
lisis respecto a la muestra, agregándose: a fs. 08 vta. el
informe de División Patrimonial; a fs. 10 la intervención
que la Sección Obras y Proyectos del Departamento Planifi-
cación Turística y a fs. 11 el informe del Departamento
Administrativo;
Que a fs. 55 corre inserto el pedido efectuado por el
Sr.Secretario de Estado del área, solicitando la cesión
sincargo del Predio Ferial Norte, a cuyas instalaciones
semudará la Secretaría Estado de Turismo, mientras dure
eldesarrollo y exposición de la Casa Creart, contando con
laautorización del Sr. Director de dicho Predio, según
informede fs. 56;
Que se ha cumplimentado con lo solicitado por Fiscalía de
Estado, según Dictamen Fiscal Nº 1.719 de fecha 17.08.00 y
concluyéndose como fecha de cesión del Predio entre los días
10 de Agosto y el 12 de Octubre de 2001; fechas éstas que
coinciden con el desarrollo y exposición de la Casa Creart
en las instalaciones de la Secretaría de Estado de Turismo;
Que la autorización requerida y el Convenio a celebrarse
será con la firma Sociedad Anónima SINTEPLAST SAN LUIS y ad-
referéndum de la Honorable Legislatura de Tucumán, en virtud
de lo establecido por el Artículo 63º, Inciso 13 de la
Constitución Provincial, por cuanto le corresponde al Poder
Legislativo disponer en relación al uso de los inmuebles de
propiedad provincial;
Por ello, y atento al dictamen de Fiscalía de Estado de
fecha 27.02.01, (Dictamen Fiscal Nº 3.352), (fs.52),
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorízase al Señor Secretario de Estado de
Turismo, C.P.N. Domingo L. Amaya en representación del
Gobierno de la Provincia, a firmar un Convenio de Comodato,
con la firma Sociedad Anónima SINTEPLAST SAN LUIS, cuyo
modelo corre agregado al presente Decreto como Anexo I, el
cual queda aprobado a los fines que la denominada CASA
CREART funcione en las instalaciones de la Secretaría de
Estado de Turismo, entre los días 10 de Agosto y 12 de
Octubre de 2001, en virtud de los considerandos
precedentes.-
ARTICULO 2º.- Remítase a la Honorable Legislatura de Tucumán
para su consideración y ratificación, en cumplimiento a lo
dispuesto por la Ley Nº 6.686 y conforme a lo establecido en
el Artículo 63º, Inciso 13 de la Constitución Provincial.
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr.
Ministro de la Producción.
ARTICULO 4º.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
ANEXO I
CONVENIO DE COMODATO
Entre el Gobierno de la Provincia de Tucumán, representa-
do en este Acto por el Señor Secretario de Estado de Turis-
mo, C.P.N. Domingo L. Amaya, con domicilio en calle 24 de
Setiembre Nº 484 de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, en
adelante el Comodante por una parte y por la otra la Firma
Sociedad Anónima Sinteplast San Luis, representada en este
Acto por el Arq. Carlos Alberto Cabello, D.N.I. Nº
20.219.980, con domicilio en calle Alberto Rougés Nº 668, de
la Ciudad de San Miguel de Tucumán, en adelante el Comoda-
tario, se acuerda en celebrar el presente Convenio, para la
realización de la Primera Muestra de Diseño de Interiores,
Equipamiento y Objetos a nivel Universitario, con el objeto
de mejorar, a través del diseño y el buen uso de los mate-
riales, los niveles de vida de la gente, denominada CASA
CREART, acordándose las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El Comandante cede al Comodatario el edificio que
es sede en la actualidad de la Secretaría de Estado de
Turismo de la Provincia de Tucumán, ubicado en calle 24 de
Setiembre Nº 484 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, en
forma temporal, en calidad de comodato por el período com-
prendido entre el 10.08.2001 y 12.10.2001, período en el
cual se usará y transformará sus espacios en lugares de
creación y exposición de ideas, reintegrándose después de la
muestra, con las mejoras realizadas, exceptuando los ele-
mentos adicionales, muebles y equipamientos aportados a la
exposición, contándose para esto con la supervisión de las
profesionales del Departamento Planificación Turística de la
Secretaría de Estado de Turismo, quienes deberán velar para
que las modificaciones o mejoras que se realicen sean
efectuadas dentro del marco de revalorización del estilo del
inmueble, manteniendo su estructura original y fundamental-
mente conservando las características a las cuales éste se
encuentra actualmente destinado.
SEGUNDA: El Comodatario se obliga a poner toda la diligencia
en la conservación de la casa, manteniendo sus caracterís-
ticas y será responsable de todo deterioro que ella sufra
por su culpa, debiendo contratar los seguros correspondien-
tes por posibles daños al inmueble o a terceros.
TERCERA: El Comodatario no puede hacer otro uso de la casa,
que el que se expresa en el presente Convenio, conservando
las características a la cual ésta se encuentra destinada.
En caso de contravención, el Comodante puede exigir la
restitución inmediata del inmueble y la reparación de los
daños y perjuicios.
CUARTA: Los gastos realizados por el Comodatario para
servirse del inmueble, no podrá repetirlo el Comodante, que-
dando las mejoras a favor de este último.
QUINTA: El Comodante recibirá como donación el 20 (veinte)
por ciento del dinero recaudado durante la muestra, una vez
descontados los gastos en que debiera incurrir para el
armado, puesta en marcha, publicidad y otros. Lo recaudado
por la donación, será con cargos específicos a destinos que
determine la Secretaría de Estado de Turismo de la Provincia
de Tucumán.
A los ........días del mes de ..........del año ........
se firman tres ejemplares, de un mismo tenor y a un solo
efecto.-