• Detalle de Ley

    Ley N°: 7192
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TRATADOS Y CONVENIOS - SERVICIOS PUBLICOS
    Sancionada: 14/02/2002
    Promulgada: 18/02/2002
    Publicada: 22/02/2002
    Boletin Of. N°: 25224

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura  de la Provincia de  Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Ratifícase  la Addenda  realizada  el 19 de
    diciembre de 2001 al Convenio celebrado entre la Subsecreta-
    ría de  Recursos Hídricos de la Nación y la Provincia de Tu-
    cumán con fecha 20 de  diciembre de 2000, por la cual se es-
    tablece la permanencia del personal del ENHOSA desde el 1 de
    enero hasta el  28 de febrero de 2002. Facúltase al Poder E-
    jecutivo a determinar el plazo definitivo de la prórroga, el
    que no podrá exceder del 31 de julio de 2002, hasta el tras-
    paso a la SAPEM creada por Ley Nº 7.157.
    
       Art. 2º.- Encárgase  a los Ingenieros  LEANDRO DIAZ Y AL-
    FREDO CALVO la representación de  la Provincia de Tucumán en
    la tarea  de consensuar con la Subsecretaría de Recursos Hí-
    dricos los términos del nuevo  Convenio que regirá entre las
    partes durante la  prórroga establecida en el artículo ante-
    rior, el cual deberá ser remitido a la Honorable Legislatura
    para su aprobación.
    
       Art. 3º.- El Ministerio  de Economía  deberá adoptar  los
    recaudos pertinentes para dar cumplimiento  con lo dispuesto
    por la cláusula segunda de la Addenda, en cuanto a las nece-
    sidades presupuestarias para la cobertura del déficit opera-
    tivo que demande la prestación de los servicios.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala de Sesiones de  la Honorable Legislatura
    de la  Provincia de Tucumán, a  los catorce días  del mes de
    febrero del año dos mil dos.
    
         ADENDA AL CONVENIO DE FECHA 20 DE DICIEMBRE DE 2000
    
    En la ciudad de San Miguel de Tucumán, a los diecinueve días
    del mes de diciembre de 2001, entre el Ing. Hugo Ramón CLAU-
    SSE en su carácter de Interventor del ENTE NACIONAL DE OBRAS
    HIDRICAS  de SANEAMIENTO, en  adelante EL ENOHSA, y el Señor
    Secretario General  de la Gobernación de la Provincia de Tu-
    cumán, Dr. José  A. CÚNEO VERGES, en  representación del GO-
    BIERNO DE LA  PROVINCIA DE  TUCUMAN, en adelante "LA PROVIN-
    CIA":
    CONSIDERANDO:
    Que  con fecha 20 de diciembre de 2000 se suscribió entre la
    SUBSECRETARIA DE RECURSOS HÍDRICOS y la PROVINCIA DE TUCUMAN
    el Convenio  en virtud del  cual se prorrogó el MANDATO GRA-
    TUITO  conferido por la PROVINCIA a la  citada SUBSECRETARIA
    para la prestación de los  Servicios de Agua Potable y Cloa-
    cas, cuya ejecución fue encomendada al ENOHSA.
    Que en la CLAUSULA CUARTA del referido Convenio se previó la
    permanencia de personal del ENOHSA por un período de sesenta
    (60) días posteriores al  vencimiento del  plazo del mandato
    gratuito conferido.
    Que  es intención del  PODER EJECUTIVO NACIONAL Y PROVINCIAL
    contribuir a una  mejor transferencia de los servicios de a-
    gua potable y cloacas, evitando la discontinuidad en la con-
    ducción  de su prestación que  pudiera  afectar la calidad y
    seguridad de los  mismos y facilitando de esta forma el pro-
    ceso de  transformación del sector  de saneamiento oportuna-
    mente acordado.
    Por ello las partes ACUERDAN PROVISIONALMENTE y sujeto a las
    debidas ratificaciones, lo siguiente.
    PRIMERA: EL ENOHSA continuará  llevando a cabo  la ejecución
    del  MANDATO GRATUITO conferido por la PROVINCIA a la SUBSE-
    CRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS para la prestación de los Ser-
    vicios de Agua  Potable y Cloacas por el período comprendido
    entre el 1º de enero y el 28 de febrero de 2002, sin perjui-
    cio  de la  continuidad de  las  tareas  necesarias para  la
    transferencia definitiva de los servicios a LA PROVINCIA que
    se  establecen en  ACTA  ACUERDO  suscripta entre las mismas
    partes en el día de la fecha.
    SEGUNDA: Durante el plazo  previsto en la Cláusula  anterior
    LA PROVINCIA  desarrollará la documentación licitatoria para
    adjudicar la futura conducción de la prestación del servicio
    y se fijará el cronograma de acciones pertinentes a tal fin.
    En  función de dicho  cronograma se determinará el  plazo de
    prórroga  definitivo del gerenciamiento a  cargo del ENOHSA,
    quien gestionará  las previsiones presupuestarias correspon-
    dientes. Asimismo LA PROVINCIA preverá las asignaciones pre-
    supuestarias  pertinentes para  cubrir el déficit  operativo
    que demande la prestación de los servicios.
    TERCERA: La presente queda sujeta a su ratificación por par-
    te del Señor Subsecretario de Recursos Hídricos de la Nación
    y el Poder  Ejecutivo de la Provincia de Tucumán, quienes a-
    cordarán  los términos  del  nuevo Convenio de  prórroga del
    mandato gratuito de gerenciamiento.
    En  prueba  de conformidad, se  firman DOS (2) ejemplares de
    un mismo tenor y a un sólo efecto en el lugar y fecha arriba
    indicados.
    
                         ACTA - ACUERDO
    
    En la ciudad de San Miguel de Tucumán, a los diecinueve días
    del mes de diciembre de 2001, entre el Ing. Hugo Ramón CLAU-
    SSE en su carácter de Interventor del ENTE NACIONAL DE OBRAS
    HIDRICAS  de SANEAMIENTO, en adelante EL ENHOSA, y en repre-
    sentación además en  este acto de la SUBSECRETARIA DE RECUR-
    SOS HIDRICOS del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA, y
    el Señor Secretario  General de la Gobernación de la Provin-
    cia de Tucumán, Dr. José A. Cúneo  Verges, en representación
    del  GOBIERNO  DE LA  PROVINCIA DE TUCUMÁN, en  adelante "LA
    PROVINCIA":
    CONSIDERANDO:
    Que con fecha 20 de diciembre de 2000 se suscribió  entre la
    SUBSECRETARIA DE RECURSOS HÍDRICOS y la PROVINCIA DE TUCUMAN
    el Convenio  en virtud del  cual se prorrogó el MANDATO GRA-
    TUITO  conferido por la PROVINCIA a la  citada SUBSECRETARIA
    para la prestación de  los Servicios de Agua Potable y Cloa-
    cas, cuya ejecución fue encomendada al ENOHSA.
    Que  habiéndose aplicado a su vez la prórroga prevista en la
    CLAUSULA TERCERA del  referido Convenio el mismo finaliza el
    31 de diciembre próximo.
    Que en el  día de la fecha se ha  suscripto entre las mismas
    partes una ADENDA  al referido  CONVENIO de prórroga del ge-
    renciamiento  a cargo del  ENOHSA hasta el  28 de febrero de
    2002.
    Que  sin perjuicio de  ello es conveniente  fijar las pautas
    necesarias  para efectuar una  ordenada transferencia  de la
    prestación de los servicios a LA PROVINCIA.
    Por ellos las partes ACUERDAN:
    PRIMERA: La restitución de  los servicios se efectuará en la
    fecha que  se determine bajo la modalidad de empresa en mar-
    cha  por el ENOHSA, en  su carácter de  ejecutor del mandato
    conferido a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HÍDRICOS, a la PRO-
    VINCIA DE  TUCUMAN en la persona del funcionario designado a
    tal fin y en los  términos del Convenio  del 20 de diciembre
    de 2000  y su ADENDA. El día de la restitución de los servi-
    cios a la Provincia, se  confeccionará  acta ante  escribano
    público  en la que  constará la  recepción del servicio y de
    los demás actos referidos en el presente acuerdo.
    SEGUNDA: LA PROVINCIA  ratifica en este  acto lo manifestado
    en el  convenio del 20-12-00, aprobando y conformando la ac-
    tividad desarrollada  por el gerenciamiento  en cumplimiento
    del mandato ejecutado por el ENOHSA hasta la fecha referida.
    La información que será tomada como base a los efectos de la
    transferencia será el ESTADO DE CUENTAS Y GESTION DEL SERVI-
    CIO DE  AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO y sus 11 ANEXOS contenida
    en el C.D. que fuera remitido al Ministerio de la Producción
    por  nota ENOHSA Nº 382  del 14/2/01 y  luego completado por
    Nota OST Nº 3298 del 29/5/01, la que no ha recibido observa-
    ciones  por parte  de LA  PROVINCIA y se considera  por ende
    conformada y a la que se le incluirán las acualizaciones que
    correspondan.
    TERCERA: Las  tareas necesarias para efectuar la transferen-
    cia serán divididas en  las siguientes CINCO AREAS, cada una
    de las cuales será Coordinada por  un representante de OST y
    uno de LA PROVINCIA y cuyas funciones y objetivos se descri-
    ben en las Cláusulas siguientes.
    AREA INVENTARIO
    AREA ADMINISTRATIVO CONTABLE
    AREA OPERATIVA
    AREA COMERCIAL
    AREA LEGAL
    CUARTA: AREA INVENTARIO
    A  partir de la firma de la presente por intermedio del per-
    sonal designado conjuntamente  por los representantes de am-
    bas partes en esta AREA comenzará a  realizarse la constata-
    ción de los Inventarios tomando como base el  ANEXO VI - IN-
    VENTARIO  DE BIENES, INMUEBLES, MATERIALES Y ACCESORIOS con-
    tenido en el ESTADO DE  CUENTAS Y GESTION DEL SERVICIO DE A-
    GUA POTABLE Y SANEAMIENTO, al que se adicionarán aquellos e-
    lementos que hubieren sido incorporados con posterioridad.
    Al finalizar la misma se suscribirá un Acta que será refren-
    dada  por ambas partes y en la cual se designarán como depo-
    sitarios  a el o los responsables de áreas que las partes a-
    cuerden, quienes  también suscribirán el Acta respectiva, a-
    sumiendo las obligaciones inherentes a dicho cargo, hasta la
    fecha efectiva de la transferencia.
    QUINTA: AREA ADMINISTRATIVA - CONTABLE
    Los integrantes de esta Area tendrán a su cargo:
    1) La  verificación previa del  Estado de cuentas a la fecha
    de restitución  y de la  documentación de la que se hará en-
    trega en el momento de la transferencia que comprenderá:
    Anexo I - Organigrama, nómina de personal y remuneración.
    Anexo II. - Pólizas  de seguros, detalle  de cada  una de e-
    llas.
    Anexo III. - Listado de contratos en curso de ejecución.
    Anexo VII. - Balance  auditado con  Informe de Auditoría Ex-
    terna.
    Anexo VIII - Estado de cuentas a la fecha de restitución que
    incluye:
    a)Detalle de saldos de cuentas  bancarias, con certificación
    bancaria
    b)Listado de fondos con detalle analítico.
    c)Listado de chequeras existentes.
    d)Detalle de los últimos cheques emitidos.
    e)Listado de cheques pendientes de pago a proveedores.
    f)Listado de cheques de recaudación.
    g)Planilla diaria  de recaudación del mes de restitución del
    servicio.
    h)Información  de cuenta  corriente  comerical, discriminada
    por  facturas impagas en Gestión  Judicial o con Plan de Fi-
    nanciación.
    i)Listado de Saldos Contables a la fecha de restitución.
    j)Listado de liquidación de servicios correspondiente al úl-
    timo Bimestre de la fecha de restitución.
    k)Arqueos de Fondos Fijos.
    l)Listado de  Notas de Pedido pendientes de cumplimiento por
    proveedores, contratistas.
    m)Listado de Notas de Pedido Abiertas.
    n)Listado por Sector de las autorizaicones de retiro y últi-
    mo número utilizado.
    o)Listado de solicitudes de compra por sector y último nº u-
    tilizado.
    p)Listado por sectores de  solicitud de stock y último nº u-
    tilizado.
    q)Listados  de vales de consumo-recepción y último nº utili-
    zado.
    r)Inventario  de facturas presentadas en abastecimiento pen-
    dientes de contabilización.-
    2)Ejecutar los actos preparatorios al Balance de cierre a la
    fecha de restitución.
    SEXTA: AREA OPERATIVA
    Los integrantes de esta Area tendrán a su cargo:
    1)Control del stock de insumos y productos críticos promedio
    que OST entregará al momento de la transferencia para garan-
    tizar el  normal funcionamiento  de la empresa y elaboración
    del listado correspondiente (Anexo VI).
    2)Redacción, firma conjunta por ambos integrantes y remisión
    a todos  los proveedores de  una comunicación formal ratifi-
    cando la continuidad y normal cumplimiento de los pagos.
    3)Elaboración de un informe referido  al estado de ejecución
    de obras (Anexo V).
    SEPTIMA: ÁREA COMERCIAL
    Los integrantes de esta Área tendrán a su cargo:
    1)Entrega y control de los sistemas informáticos,
    subsistemas, bases  de  datos y  programas  fuentes: padrón,
    cuenta corriente, recursos humanos, administrativos, etc. La
    entrega incluirá las copias de  seguridad depositadas  en el
    Banco de la Nación Argentina.
    OCTAVA: AREA LEGAL
    Los integrantes de esta Area tendrán a su cargo:
    1)Elaboración  de un  Informe actualizado  de los juicios en
    trámite  con indicación de todos  los datos concernientes al
    mismo incluso los convenios de honorarios respectivos.
    2)Elaboración  de una  propuesta sobre  la continuidad de la
    representación de LA PROVINCIA en cada uno de ellos y de los
    escritos  respectivos a  presentar en cada  uno de los expe-
    dientes judiciales.
    NOVENA: La transferencia de los saldos en las cuentas banca-
    rias existentes a nombre de OST - con excepción de la cuenta
    corriente Nº 10.354/0 ENOHSA del Banco de la Nación Argenti-
    na  que no se  utiliza para  el giro de  OST-y los saldos de
    disponibilidades  existentes en la empresa, se realizará me-
    diante el remplazo de las personas autorizadas a girar sobre
    ellas  por aquellas que  designe LA PROVINCIA  mediante acto
    administrativo.
    DECIMA: OST cancelará todas las obligaciones derivadas de la
    prestación del servicio  exigibles a la fecha de restitución
    de los servicios que le permitan las  disponibilidades de la
    empresa, conforme  el acuerdo oportunamente celebrado con LA
    PROVINCIA referido a la reducción  de déficit calculado para
    el 2º semestre  de 2001. Si existieren  excedentes se trans-
    ferirán  conforme al  procedimiento que se determina  en las
    CLAUSULAS QUINTA Y NOVENA.
    El  ENOHSA deja constancia que las obligaciones devengadas a
    la fecha de  la restitución  que fueren exigibles con poste-
    rioridad, al igual que  las obligaciones referidas en el pá-
    rrafo  precedente que no se  hubiesen  cancelado, dispondrán
    para su cancelación del total de  los créditos existentes en
    cuenta corriente.
    DECIMO PRIMERA: El balance de cierre definitivo será confec-
    cionado y presentado en  la forma y plazo previstos en CLAU-
    SULA CUARTA del Convenio del 20 de diciembre de 2000 y su A-
    DENDA. LA PROVINCIA designará  personal de la Contaduría Ge-
    neral para que, de acuerdo a lo dispuesto en el decreto pro-
    vincial Nº 1.600/1, actúe en forma concomitante en la ejecu-
    ción del  referido balance a fin  de facilitar el trámite de
    su aprobación posterior. El balance se considerará  aprobado
    de  no mediar observaciones  dentro del plazo de 60 días co-
    rridos a partir de su presentación.
    DECIMA SEGUNDA: En  cumplimiento  de la  CLAUSULA CUARTA del
    Convenio del 20 de diciembre de 2000, LA PROVINCIA, en coor-
    dinación con OST dejará constancia por los medios de comuni-
    cación  que estime conveniestes de que los créditos de titu-
    laridad de la misma devengados durante el período del geren-
    ciamiento serán objeto de  todas las medidas legales aplica-
    bles para su percepción.
    En Prueba de conformidad, se firman DOS (2) ejemplares de un
    mismo  tenor y a un  sólo efecto en  el lugar y fecha arriba
    indicados.
    
    
    
    
    
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    RATIFICA LA ADDENDA REALIZADA EL 19/12/2001 AL CONVENIO CELEBRADO ENTRE LA NACIÓN Y LA PROVINCIA SOBRE PERMANENCIA DEL PERSONAL DEL ENHOSA. RATIFICA EL DNU 3545/1.

  • Observaciones