* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Ordénase la suspensión de las ejecuciones
de las sentencias dictadas o que se dicten en los juicios
promovidos o que promoviese la Compañía Aguas del Aconquija
contra los usuarios del servicio de agua y cloacas por fac-
turaciones impagas o deudas del período en que la citada
Companía fue concesionaria provincial.
Art. 2º.- Dicha suspensión será por el término de ciento
ochenta (180) días, a partir de la promulgación de la pre-
sente ley.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los cinco días del mes de se-
tiembre del año dos mil dos.-