• Detalle de Ley

    Ley N°: 7237
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 03/10/2002
    Promulgada: 21/10/2002
    Publicada: 25/10/2002
    Boletin Of. N°: 25391

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
     fuerza de
    
                               L E Y:
    
    
       Artículo 1º.- Amplíase  por  el término de ciento ochenta
    (180) días  el plazo establecido en el Artículo 1º de la Ley
    Nº 7.202.  La  ampliación aquí dispuesta será por el período
    indicado precedentemente,  o  hasta  que el Fondo Fiduciario
    para el  Desarrollo  Provincial en virtud de lo dispuesto en
    el Decreto  Nacional Nº 1.579/2002, asuma las deudas provin-
    ciales implementadas en la forma de Títulos Públicos.
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los tres días del mes de octu-
    bre del año dos mil dos.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AMPLIA POR EL TERMINO DE 180 DIAS EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 1º DE LA LEY Nº 7202 CUENTA UNICA, QUE PRORROGA DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA Nº 3515/3-01 RATIFICADO POR LEY 7180.

  • Observaciones

    -VER ARTICULO 7º DE LA LEY 8249.