* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Prorrógase por seis meses el término esta-
blecido por el artículo 4º de la ley de 7 de Marzo de 1896
para el comienzo de la instalación de la primera fábrica de
tejidos de algodón a que se refiere la mencionada ley.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a ocho
de Marzo de mil ochocientos noventa y siete.