• Detalle de Ley

    Ley N°: 7361
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SEGURIDAD SOCIAL - ECONOMICO
    Sancionada: 27/02/2004
    Promulgada: 04/03/2004
    Publicada: 11/03/2004
    Boletin Of. N°: 25737

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La  Legislatura  de la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                             L E Y :
    
       Artículo 1º.- Facúltase  al  Poder Ejecutivo a otorgar al
    Instituto de  Previsión  y  Seguridad Social, por esta única
    vez, un anticipo  financiero  reintegrable por hasta la suma
    de  Pesos Treinta Millones ($30.000.000.-) para ser destina-
    dos  al  pago  de deudas con los prestadores del Subsidio de
    Salud.
    
       Art. 2º.- Asimismo, facúltase al Poder Ejecutivo a  otor-
    gar al Instituto de Previsión y Seguridad Social de la  Pro-
    vincia, anticipos financieros reintegrales por hasta la suma
    de Pesos Cuatro Millones Quinientos Mil ($ 4.500.000.-) men-
    suales  para  ser destinados a mantener en funcionamiento el
    sistema de servicios de salud que presta a través del Subsi-
    dio de Salud.
    
       Art. 3º.- El Poder Ejecutivo acordará con el Instituto de
    Previsión y Seguridad Social de  la  Provincia, los plazos y
    forma  de reintegro de los anticipos que se otorguen en vir-
    tud de la presente ley, como así también de otros que se hu-
    bieren otorgados con anterioridad a la sanción de la presen-
    te.
       En ningún caso podrá incluirse en el acuerdo de reintegro
    a que alude el párrafo anterior, bienes  muebles e inmuebles
    del Instituto de Previsión y Seguridad  Social. Tampoco  po-
    drán incluirse deudas que mantienen con el mismo Municipali-
    dades y Comunas Rurales, ni deudas de los afiliados por  Co-
    seguro y otros conceptos.
    
       Art. 4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones  de  la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los veintisiete  días  del mes
    de febrero del año dos mil cuatro.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    FACULTA AL PE A OTORGAR AL I.P.S.S.T UN ANTICIPO REINTEGRABLE.

  • Observaciones