• Detalle de Ley

    Ley N°: 7561
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 31/05/2005
    Promulgada: 06/06/2005
    Publicada: 13/06/2005
    Boletin Of. N°: 26053

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Legislatura  de  la Provincia de Tucumán, sanciona con
    fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Dispónese el pago por única vez al personal
    de la  Administración Pública Provincial, comprendido en los
    alcances de  la Ley Nº 7.000 y su modificatoria Ley Nº 7.182
    y concordantes,  que  continúen prestando servicios al 30 de
    Abril de  2005,  de  una suma adicional no remunerativa y no
    bonificable, equivalente  a los importes que le hubiera cor-
    respondido durante  los  años 2000, 2001 y 2002, en concepto
    de escalafón  por antigüedad, y cuyo pago no fuera realizado
    por aplicación de dicha ley.
    
       Art. 2º.- Los  importes determinados conforme al artículo
    anterior, serán abonados en tres (3) cuotas iguales y conse-
    cutivas con  las remuneraciones correspondientes a los meses
    de Mayo,  Junio y Julio de 2005. En el caso del personal del
    escalafón docente,  se abonará en una (1) sola cuota con las
    remuneraciones del mes de Mayo de 2005.
    
       Art. 3º.- A  partir  del 1º de Agosto de 2005, el cómputo
    del adicional por antigüedad, se efectuará conforme a la an-
    tigüedad que  posee  cada  agente, no tomándose en cuenta la
    interrupción dispuesta por la Ley Nº 7.000, su modificatoria
    Ley Nº 7.182 y concordantes.
    
       Art. 4º.- Invítase  a  los  Municipios  de la Provincia a
    adherir a la presente ley dictando la ordenanza respectiva.
    
       Art. 5º.- Convalídase lo actuado en función de las dispo-
    siciones del  Decreto con Invocación de Necesidad y Urgencia
    Nº 1.151/3  (ME)  de  fecha 13 de Mayo de 2005, el que queda
    derogado a  partir  de la fecha de entrada en vigencia de la
    presente ley.
    
       Art. 6º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la  Provincia de Tucumán, a los treinta y un días del mes
    de mayo del año dos mil cinco.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153
    Convalida DECRETO 1151-3-ME-2005

  • Resumen

    DISPONE EL PAGO POR ÚNICA VEZ DE UN ADICIONAL NO REMUNERATIVO AL PERSONAL COMPRENDIDO EN LOS ALCANCES DE LA LEY 7000 Y SUS MODIFICATORIA EN CONCEPTO DE ESCALAFÓN POR ANTIGÜEDAD.

  • Observaciones