* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Sustitúyese el Artículo 1º de la Ley Nº
7.411, por el siguiente:
"Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a
expropiación, un inmueble de propiedad del Sindicato de Em-
pleados Públicos o de quien fuere su actual titular de domi-
nio, ubicado en la intersección de las calles Chacabuco y
Florida de la ciudad de San Miguel de Tucumán, compuesto de
las siguientes medidas y linderos:
- Norte: 37,03 mts. con propiedad de Dora Medina de Vi-
des;
- Sur: 32,85 mts. con una ochava de 5,86 mts, con calle
Florida;
- Este: 30,00 mts. con Escuela Agustín Justo de la Vega;
y
- Oeste: 30,00 mts. con calle Chacabuco.
Identificado con la siguiente nomenclatura catastral;
Circunscripción I; Sección 18 A; Manzana 33; Parcela 1; Pa-
drón Nº 35895; Matrícula 15534; Orden 1968; e inscripto en
el Registro Inmobiliario al Libro 47, Folio 141, Serie C,
año 1971 - Capital Sud".
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los trece días del mes de ju-
nio del año dos mil cinco.