* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Recházase el Decreto con Invocación a Nece-
sidad y Urgencia Nº 2.575/14 (MGyJ) de fecha 23 de Agosto de
2005.
Art. 2º.- Dispónese la intervención del Honorable Concejo
Deliberante de la Municipalidad de Bella Vista.
Art. 3º.- Dispónese el cese en sus funciones de los inte-
grantes del Honorable Concejo Deliberante de la Municipali-
dad de Bella Vista.
Art. 4º.- El Poder Ejecutivo deberá dar cumplimiento con
lo prescripto por los Artículos 51 y 52 de la Ley Nº 5.529,
en lo referente a la determinación del plazo de intervención
del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Be-
lla Vista.
Art. 5º.- Convalídase lo actuado por el Poder Ejecutivo
en el marco del Decreto con Invocación a Necesidad y Urgen-
cia Nº 2.575/14 (MGyJ) de fecha 23 de Agosto de 2005.
Art. 6º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los seis días del mes de se-
tiembre del año dos mil cinco.