• Detalle de Ley

    Ley N°: 761
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 24/04/1899
    Promulgada: 27/04/1899
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
        Artículo 1º.- El  Presupuesto  General  de  gastos de la
    Administración para  el  año económico de 1899, queda fijado
    en la  suma  de  dos  millones  quinientos ochenta y un mil,
    trescientos tres  pesos con diez y nueve centavos moneda na-
    cional ($ m/n 2.581.303.19), en la forma siguiente:
       En el  Departamento  de  Gobierno  Anexo A, la suma de un
    millón ciento cincuenta y seis mil doscientos setenta y ocho
    pesos moneda  nacional  ($ m/n 1.156.278), con arreglo a los
    incisos siguientes:
    I      Gobernación............................     29.400.00
    II     Ministerio.............................     38.860.00
    III    Cámaras Legislativas...................     25.320.00
    IV     Admnistración de Justicia...............   169.560.00
    V      Justicia de Paz.........................    58.100.00
    VI     Departamento General de Policía.........   562.848.00
    VII    Inspección General de Milicias..........     6.600.00
    VIII   Departamento General de Irrigación......    34.800.00
    IX     Oficina de estadística..................    17.380.00
    X      Registro Civil..........................    23.100.00
    XI     Archivo General.........................    13.360.00
    XII    Departamento de Ingenieros..............    17.760.00
    XIII   Inpección de Ferrocariles...............     6.420.00
    XIV    Comisión Administradora de Aguas Ctes.
           Potables................................    20.080.00
    XV     Registro de Propiedades.................    11.040.00
    XVI    Consejo de Higiene......................     9.840.00
    XVII   Oficina Química.........................    32.580.00
    XVIII  Beneficiencia..........................     28.030.00
    XIX    Obispado...............................      1.200.00
    XX     Obras Públicas.........................     50.000.00
                                   Total $ m/n....  1.156.278.00
       En el Departamento de  Hacienda e Instrucción Pública, la
    suma de un millón cuatrocientos veinticinco mil, veinticinco
    pesos  con diez  y nueve  centavos  moneda  nacional ($ m/n
    1.425.025.19), con arreglo a los incisos siguientes:
    I      Ministerio.............................     29.280.00
    II     Contaduría General.....................     18.420.00
    III    Tesorería General......................     10.260.00
    IV     Dirección General de Rentas............     94.600.00
    V      Banco de la Provincia..................     48.780.00
    VI     Servicio de Deudas.....................    698.345.19
    VII    Consejo General de Educación...........     27.120.00
    VIII   Escuelas Públicas.....................     422.860.00
    IX     Subvenciones..........................      38.040.00
    X      Pensiones y Jubilaciones..............      37.320.00
                                    Total $ m/n     1.425.025.19
    
       Art.2º.- Los  gastos  a  que se refiere el artículo ante-
    rior, serán cubiertos con los siguientes recursos:
    I     Contribución Directa....................    400.000.00
    II    Patentes................................    400.000.00
    III   Impuesto al azúcar......................    375.000.00
    IV    Papel sellado y estampillas.............    150.000.00
    V     Impuesto de carácter municipal..........    110.000.00
    VI    Impuesto de seguridad...................     18.000.00
    VII   Irrigación, escrituración de derecho de
          agua  $ 40.000.00; venta  de  agua  $
          40.000.00...............................     80.000.00
    VIII  Irrigación por servicio de Letras de Te-
          soreria.................................     35.925.00
    IX    Marchamo................................      6.000.00
    X     Renovación de Marcas....................      3.500.00
    XI    Boletas de Marcas......................       3.500.00
    XII   Guías de ganado........................      10.000.00
    XIII  Certificados de transferencia..........      38.000.00
    XIV   Certificado de cueros..................      11.000.00
    XV    Veeduría de Marcas.....................      22.000.00
    XVI   Análisis Químicos......................      80.000.00
    XVII  Multas de Consejo de Higiene...........       6.000.00
    XVIII Eventuales de Policía..................       4.000.00
    XIX   Registro de Propiedades................      35.000.00
    XX    Arriendo de escribanías................       1.500.00
    XXI   Subvención del Ferrocarril N.O:A.......       4.800.00
    XXII  Subvención Nacional para escuela 1899..     140.000.00
    XXIII Matrícula escolar......................      10.000.00
    XXIV  Producido de aguas potables............      50.000.00
    XXV   Utilidades del Banco de la Provincia...     413.672.88
    XXVI  Multas policiales......................      25.000.00
    XXVII Multas a deudores morosos..............      15.000.00
    XXVIIISubvenciones Municipales...............      30.000.00
                              Total $ m/n........   2.496.397.88
    
       Art.3º.- Para la percepción de  la  renta  que expresa el
    inciso XVI del art. 2º., se establece la siguiente tarifa:
       1º. Por derecho de análisis de cada botella de bebidas u-
    sada como aperitivo (ajenjo, vermouth, aperitales, bitter) y
    análogos....................................... $ m/n   0.15
    Idem por cada litro de las mismas, en envase que
    no sea botella................................. "  "    0.20
       2º. Idem por cada botella de agua ardiente,
           ginebra, rhun y análogos................ "  "    0.10
    Idem por cada litro de la mismas en envase  que
    no sea botella................................. "  "    0.15
       3º. Idem por cada de botella de licores, (a-
    nís chartreuse, pippermin, marrasquino) y análo-
    gos............................................ "  "   0.07
    Idem en envases que no sea botella.............."  "   0.10
       4º. Idem por cada botella de vino..........  $ m/n  0.05
    Por derecho de análisis de cada litro de vino
    en envase que no sea botella .................  "  "   0.01
       5º. Idem por cada botella de cerveza.......  "  "   0.05
    Idem por cada litro de cerveza en envase que
    no sea botella...............................  "  "    0.02
    El derecho  de    análisis  por  otras  sustancias  que  las
    mencionadas en  los  incisos  anteriores  se  percibirán  de
    conformidad a  la  tarifa  contenidas  en  el  art.  15  del
    Reglamento de la Oficina Química.
    
       Art. 4º. El impuesto a que se refiere el inciso VII, has-
    ta tanto  se  concluya  el empadronamiento de concesiones de
    agua, se cobrará a razón de un centavo por litro por segundo
    durante veinticuatro horas.
    
       Art.5º.- Queda facultado el P. E. para procurarse por me-
    dio del  crédito en plaza y en los Bancos, las sumas necesa-
    rias para atender el servicio del Presupuesto de la Adminis-
    tración del  ejercicio  de  1899, dentro de los recursos del
    mismo.
    
       Art.6º.- Autorízase  al P. E. para aplicar al pago de las
    obligaciones y saldos de ejercicio vencidos que se calculan,
    según cuenta  de Contaduría, en la suma de ochocientos trece
    mil pesos moneda nacional ($ 813.000), el producido de todos
    los impuestos  y  valores  a cobrar hasta 31 de Diciembre de
    1898, que  según cuenta de la misma Contaduría, representan,
    un millón  quinientos    seis   mil  pesos  moneda  nacional
    (1.506.000).
    
       Art.7º.- Comuníquese al P. E.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de la H. Legislatura, en
    Tucumán a veinticuatro de Abril de mil ochocientos noventa y
    nueve.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS DE LA ADMINISTRACION PARA EL AÑO 1899.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 22- PÁG. 403.-