* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- El Presupuesto General de gastos de la
Administración para el año económico de 1899, queda fijado
en la suma de dos millones quinientos ochenta y un mil,
trescientos tres pesos con diez y nueve centavos moneda na-
cional ($ m/n 2.581.303.19), en la forma siguiente:
En el Departamento de Gobierno Anexo A, la suma de un
millón ciento cincuenta y seis mil doscientos setenta y ocho
pesos moneda nacional ($ m/n 1.156.278), con arreglo a los
incisos siguientes:
I Gobernación............................ 29.400.00
II Ministerio............................. 38.860.00
III Cámaras Legislativas................... 25.320.00
IV Admnistración de Justicia............... 169.560.00
V Justicia de Paz......................... 58.100.00
VI Departamento General de Policía......... 562.848.00
VII Inspección General de Milicias.......... 6.600.00
VIII Departamento General de Irrigación...... 34.800.00
IX Oficina de estadística.................. 17.380.00
X Registro Civil.......................... 23.100.00
XI Archivo General......................... 13.360.00
XII Departamento de Ingenieros.............. 17.760.00
XIII Inpección de Ferrocariles............... 6.420.00
XIV Comisión Administradora de Aguas Ctes.
Potables................................ 20.080.00
XV Registro de Propiedades................. 11.040.00
XVI Consejo de Higiene...................... 9.840.00
XVII Oficina Química......................... 32.580.00
XVIII Beneficiencia.......................... 28.030.00
XIX Obispado............................... 1.200.00
XX Obras Públicas......................... 50.000.00
Total $ m/n.... 1.156.278.00
En el Departamento de Hacienda e Instrucción Pública, la
suma de un millón cuatrocientos veinticinco mil, veinticinco
pesos con diez y nueve centavos moneda nacional ($ m/n
1.425.025.19), con arreglo a los incisos siguientes:
I Ministerio............................. 29.280.00
II Contaduría General..................... 18.420.00
III Tesorería General...................... 10.260.00
IV Dirección General de Rentas............ 94.600.00
V Banco de la Provincia.................. 48.780.00
VI Servicio de Deudas..................... 698.345.19
VII Consejo General de Educación........... 27.120.00
VIII Escuelas Públicas..................... 422.860.00
IX Subvenciones.......................... 38.040.00
X Pensiones y Jubilaciones.............. 37.320.00
Total $ m/n 1.425.025.19
Art.2º.- Los gastos a que se refiere el artículo ante-
rior, serán cubiertos con los siguientes recursos:
I Contribución Directa.................... 400.000.00
II Patentes................................ 400.000.00
III Impuesto al azúcar...................... 375.000.00
IV Papel sellado y estampillas............. 150.000.00
V Impuesto de carácter municipal.......... 110.000.00
VI Impuesto de seguridad................... 18.000.00
VII Irrigación, escrituración de derecho de
agua $ 40.000.00; venta de agua $
40.000.00............................... 80.000.00
VIII Irrigación por servicio de Letras de Te-
soreria................................. 35.925.00
IX Marchamo................................ 6.000.00
X Renovación de Marcas.................... 3.500.00
XI Boletas de Marcas...................... 3.500.00
XII Guías de ganado........................ 10.000.00
XIII Certificados de transferencia.......... 38.000.00
XIV Certificado de cueros.................. 11.000.00
XV Veeduría de Marcas..................... 22.000.00
XVI Análisis Químicos...................... 80.000.00
XVII Multas de Consejo de Higiene........... 6.000.00
XVIII Eventuales de Policía.................. 4.000.00
XIX Registro de Propiedades................ 35.000.00
XX Arriendo de escribanías................ 1.500.00
XXI Subvención del Ferrocarril N.O:A....... 4.800.00
XXII Subvención Nacional para escuela 1899.. 140.000.00
XXIII Matrícula escolar...................... 10.000.00
XXIV Producido de aguas potables............ 50.000.00
XXV Utilidades del Banco de la Provincia... 413.672.88
XXVI Multas policiales...................... 25.000.00
XXVII Multas a deudores morosos.............. 15.000.00
XXVIIISubvenciones Municipales............... 30.000.00
Total $ m/n........ 2.496.397.88
Art.3º.- Para la percepción de la renta que expresa el
inciso XVI del art. 2º., se establece la siguiente tarifa:
1º. Por derecho de análisis de cada botella de bebidas u-
sada como aperitivo (ajenjo, vermouth, aperitales, bitter) y
análogos....................................... $ m/n 0.15
Idem por cada litro de las mismas, en envase que
no sea botella................................. " " 0.20
2º. Idem por cada botella de agua ardiente,
ginebra, rhun y análogos................ " " 0.10
Idem por cada litro de la mismas en envase que
no sea botella................................. " " 0.15
3º. Idem por cada de botella de licores, (a-
nís chartreuse, pippermin, marrasquino) y análo-
gos............................................ " " 0.07
Idem en envases que no sea botella.............." " 0.10
4º. Idem por cada botella de vino.......... $ m/n 0.05
Por derecho de análisis de cada litro de vino
en envase que no sea botella ................. " " 0.01
5º. Idem por cada botella de cerveza....... " " 0.05
Idem por cada litro de cerveza en envase que
no sea botella............................... " " 0.02
El derecho de análisis por otras sustancias que las
mencionadas en los incisos anteriores se percibirán de
conformidad a la tarifa contenidas en el art. 15 del
Reglamento de la Oficina Química.
Art. 4º. El impuesto a que se refiere el inciso VII, has-
ta tanto se concluya el empadronamiento de concesiones de
agua, se cobrará a razón de un centavo por litro por segundo
durante veinticuatro horas.
Art.5º.- Queda facultado el P. E. para procurarse por me-
dio del crédito en plaza y en los Bancos, las sumas necesa-
rias para atender el servicio del Presupuesto de la Adminis-
tración del ejercicio de 1899, dentro de los recursos del
mismo.
Art.6º.- Autorízase al P. E. para aplicar al pago de las
obligaciones y saldos de ejercicio vencidos que se calculan,
según cuenta de Contaduría, en la suma de ochocientos trece
mil pesos moneda nacional ($ 813.000), el producido de todos
los impuestos y valores a cobrar hasta 31 de Diciembre de
1898, que según cuenta de la misma Contaduría, representan,
un millón quinientos seis mil pesos moneda nacional
(1.506.000).
Art.7º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, en
Tucumán a veinticuatro de Abril de mil ochocientos noventa y
nueve.-