* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de.
L E Y:
Artículo 1º.- Apruébase el contrato ad referendum. cele-
brado con fecha veinte de Julio del corriente año entre el
representante de esta Provincia, Sr. Senador Nacional, Te-
niente Coronel D. Lucas A. Córdoba y los señores O. Bemberg
y Cía., representantes de Louis Cohen and Sons, quienes a su
vez obran por cuenta de los tenedores de los títulos del em-
préstito externo de esta Provincia.
Art.2º.- Autorízase al P. E. para disponer de los títulos
que existen depositados en la Caja de Conversión, con des-
tino al arreglo de las deudas que el Gobierno, el Banco de
la Provincia y la Municipalidad tienen con el Banco Nacional
en Liquidación y las demás comprendidas en dicho contrato, y
a que están afectados los títulos que se autoriza disponer.
Art.3º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, en
Tucumán, veintiséis de Setiembre de mil ochocientos noventa
y nueve.