* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Apruébase el decreto expedido por el P. E.
de la Provincia en Acuerdo de Ministros, con fecha 10 del
corriente mes exonerando de multas que por ley corresponda,
por retardo en el pago, a todos los contribuyentes que abo-
nen las cuotas que adeudan hasta el 30 de Abril de 1899.
Art.2º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a vein-
tidós de Noviembre de mil ochocientos noventa y nueve.-