• Detalle de Ley

    Ley N°: 769
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 22/11/1899
    Promulgada: 24/11/1899
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                 L E Y:
    
       Artículo 1º.- Autorízase al P.E. para exonerar a la Muni-
    cipalidad de Monteros, por una sola vez, de la obligación de
    abonar a la Tesorería General de la Provincia, la  suma  que
    adeuda  por  subvención al sostenimiento de las escuelas del
    mencionado Departamento, y que asciende a ($ m/n. 18.184.80)
    diez y  ocho  mil  ciento ochenta y cuatro pesos con ochenta
    centavos moneda nacional, cantidad  que  se descompone en la
    siguiente forma:
       a) Año 1896 - 12 % sobre su renta $ m/n 5.232.-
       b)  "  1897 - 12 %    "   "    "   " "  6.412.80.-
       c)  "  1898 - 12 %    "   "    "   " "  6.540.-
    
       Art.2º.- Autorízase  igualmente  al P. E. para exonerar a
    dicha Municipalidad  del pago de la suma, que por igual con-
    cepto, le corresponde abonar por el corriente año 1899.
    
       Art.3º.- En lo sucesivo la Municipalidad de Monteros hará
    efectiva esta  obligación en el tiempo y forma que determine
    el P. E.
    
       Art.4.- Comuníquese al P. E.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de  la H. Legislatura, a
    veintidós de Noviembre de mil ochocientos noventa y nueve.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO PARA EXONERAR A LA MUNICIPALIDAD DE MONTEROS, POR UNA SOLA VEZ, DE LA OBLIGACIÓN DE ABONAR A LA TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, LA SUMA QUE ADEUDA POR SUBVENCIÓN AL SOSTENIMIENTO DE LAS ESCUELAS DEL MENCIONADO DEPARTAMENTO.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 23- PAGINA 165.-