• Detalle de Ley

    Ley N°: 776
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 17/01/1900
    Promulgada: 20/01/1900
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El  Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de.
    
                                  L E Y:
    
       Artículo 1º.- El  Presupuesto  General  de  Gastos de  la
    Administración  para el  año económico de 1900, queda fijado
    en  la suma de dos millones, trescientos treinta y seis mil,
    trescientos noventa y seis pesos moneda nacional curso legal
    ($ m/n 2.336.396) en la forma siguiente:
       En el Departamento de Gobierno, Anexo A, la  suma  de  un
    millón, doscientos treinta y nueve mil, novecientos veinte y
    seis pesos moneda nacional curso  legal  ($ m7n. 1.239.926),
    con arreglo a los incisos siguientes:
    
    I    Gobernación                                   30.000.00
    II   Ministerio                                    37.360.00
    III  Cámaras Legislativas                          30.240.00
    IV   Administración de Justicia                   181.860.00
    V    Justicia de Paz                               70.400.00
    VI   Departamento General de Policía              415.788.00
    VII  Penitenciaria                                 57.120.00
    VIII  Cuerpo de Bomberos y Guardia de Cárceles    166.508.00
    IX    Departamento General de Irrigación           33.120.00
    X     Departamento de Ingenieros y Obras Públicas  29.160.00
    XI    Administración de Aguas Corrientes           16.950.00
    XII   Oficina de Estadística                       16.980.00
    XIII  Registro Civil                               21.900.00
    XIV   Archivo General                              15.240.00
    XV    Registro de Propiedades                       7.440.00
    XVI   Consejo de Higiene                            2.760.00
    XVII  Oficina Química                              25.500.00
    XVIII Inspección General de Milicias                3.900.00
    XIX   Inspección de Ferrocarriles                   6.420.00
    XX    Beneficencia                                 21.280.00
    XXI   Obras Públicas                               50.000.00
                                                    ____________
                                 Total $ m/n        1.239.926.00
    
       En  el departamento  de Hacienda  e Instrucción  Pública,
    Anexo  B, la suma de un millón, noventa  y seis mil, cuatro-
    cientos  setenta  pesos  moneda  nacional curso  legal,  ( $
    m/n.1.096.470), con arreglo a los incisos siguientes:
    
    I    Ministerio                                    30.780.00
    II   Contaduría General                            18.120.00
    III  Dirección General de Rentas                   66.200.00
    IV   Tesorería General y Oficina Central de Recau-
         dación                                        17.700.00
    V    Banco de la Provincia                         56.880.00
    VI   Servicio de Deudas                           403.210.00
    VII  Consejo General de Educación                  28.200.00
    VIII Escuelas Públicas                            441.480.00
    IX   Subvenciones                                  21.540.00
    X    Pensiones y Jubilaciones                      12.360.00
                                                    ____________
                                 Total $ m/n        1.096.470.00
    
       Art.2º.- Los gastos a que se refiere el artículo anterior
    serán cubiertos con los siguientes recursos:
    
    I     Contribución Directa                        350.000.00
    II    Patentes                                    400.000.00
    III   Impuesto al azúcar                          375.000.00
    IV    Papel sellado y Estampillas                 150.000.00
    V     Impuestos de carácter municipal             110.000.00
    VI    Impuesto de seguridad                        20.000.00
    VII   Irrigación, venta de agua                    40.000.00
    VIII  Irrigación, escrituración                    20.000.00
    IX    Irrigación para servicio de amortización e
          int. de Letras de Tesorería                  52.550.00
    X     Marchamo                                      6.000.00
    XI    Boletas de Marcas                             3.000.00
    XII   Guías de ganado y frutos                     10.000.00
    XIII  Certificados de transferencia                38.000.00
    XIV   Certificados de cueros                       11.000.00
    XV    Veeduría de Marcas                           22.000.00
    XVI   Análisis Químico                             80.000.00
    XVII  Multas del Consejo de Higiene                 4.000.00
    XVIII Eventuales de Policía                         2.000.00
    XIX   Registro de Propiedades                      30.000.00
    XX    Inspección de ferrocarriles                   4.800.00
    XXI   Matrícula escolar                            10.000.00
    XXII  Producido de aguas potables                  70.000.00
    XXIII Utilidades del Banco de la Provincia         56.880.00
    XXIV  Multas policiales                            25.000.00
    XXV   Multas a deudores morosos                    15.000.00
    XXVI  Subvención Nacional para escuelas 1899       44.000.00
    XXVII Subvención Nacional para escuelas 1900      168.000.00
    XXVIII Subvención Nacional para Estadística         3.600.00
    XXIX  Subvenciones municipales para escuelas       30.000.00
    XXX   Contribución directa 1899                    50.000.00
    XXXI  Patentes 1899                                10.000.00
                                                    ____________
            Total $ m/n                             2.210.830.00
    
       Art.3º.- Queda  facultado el P. E. para procurarse por me
    dio  del crédito en plaza y en los Bancos, las sumas necesa-
    rias para atender al servicio del Presupuesto de la Adminis-
    tración  del ejercicio  de 1900, dentro  de los recursos del
    mismo.
    
       Art.4º.- Autorízase  al P. E. para aplicar al pago de las
    obligaciones y saldos de ejercicios vencidos, hasta el 31 de
    Diciembre de 1898, que se  calculan en $ m/n. 378.936.16, el
    producido de todos los impuestos y valores a cobrar hasta la
    misma fecha, que representan $ m/n. 900.660.15.-
    
       Art.5º.- Comuníquese al P. E.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a diez
    y siete de Enero de mil novecientos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS DE LA ADMINISTRACION PARA EL AÑO 1900.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 23- PÁG. 227.-