* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de.
L E Y:
Artículo 1º.- El Presupuesto General de Gastos de la
Administración para el año económico de 1900, queda fijado
en la suma de dos millones, trescientos treinta y seis mil,
trescientos noventa y seis pesos moneda nacional curso legal
($ m/n 2.336.396) en la forma siguiente:
En el Departamento de Gobierno, Anexo A, la suma de un
millón, doscientos treinta y nueve mil, novecientos veinte y
seis pesos moneda nacional curso legal ($ m7n. 1.239.926),
con arreglo a los incisos siguientes:
I Gobernación 30.000.00
II Ministerio 37.360.00
III Cámaras Legislativas 30.240.00
IV Administración de Justicia 181.860.00
V Justicia de Paz 70.400.00
VI Departamento General de Policía 415.788.00
VII Penitenciaria 57.120.00
VIII Cuerpo de Bomberos y Guardia de Cárceles 166.508.00
IX Departamento General de Irrigación 33.120.00
X Departamento de Ingenieros y Obras Públicas 29.160.00
XI Administración de Aguas Corrientes 16.950.00
XII Oficina de Estadística 16.980.00
XIII Registro Civil 21.900.00
XIV Archivo General 15.240.00
XV Registro de Propiedades 7.440.00
XVI Consejo de Higiene 2.760.00
XVII Oficina Química 25.500.00
XVIII Inspección General de Milicias 3.900.00
XIX Inspección de Ferrocarriles 6.420.00
XX Beneficencia 21.280.00
XXI Obras Públicas 50.000.00
____________
Total $ m/n 1.239.926.00
En el departamento de Hacienda e Instrucción Pública,
Anexo B, la suma de un millón, noventa y seis mil, cuatro-
cientos setenta pesos moneda nacional curso legal, ( $
m/n.1.096.470), con arreglo a los incisos siguientes:
I Ministerio 30.780.00
II Contaduría General 18.120.00
III Dirección General de Rentas 66.200.00
IV Tesorería General y Oficina Central de Recau-
dación 17.700.00
V Banco de la Provincia 56.880.00
VI Servicio de Deudas 403.210.00
VII Consejo General de Educación 28.200.00
VIII Escuelas Públicas 441.480.00
IX Subvenciones 21.540.00
X Pensiones y Jubilaciones 12.360.00
____________
Total $ m/n 1.096.470.00
Art.2º.- Los gastos a que se refiere el artículo anterior
serán cubiertos con los siguientes recursos:
I Contribución Directa 350.000.00
II Patentes 400.000.00
III Impuesto al azúcar 375.000.00
IV Papel sellado y Estampillas 150.000.00
V Impuestos de carácter municipal 110.000.00
VI Impuesto de seguridad 20.000.00
VII Irrigación, venta de agua 40.000.00
VIII Irrigación, escrituración 20.000.00
IX Irrigación para servicio de amortización e
int. de Letras de Tesorería 52.550.00
X Marchamo 6.000.00
XI Boletas de Marcas 3.000.00
XII Guías de ganado y frutos 10.000.00
XIII Certificados de transferencia 38.000.00
XIV Certificados de cueros 11.000.00
XV Veeduría de Marcas 22.000.00
XVI Análisis Químico 80.000.00
XVII Multas del Consejo de Higiene 4.000.00
XVIII Eventuales de Policía 2.000.00
XIX Registro de Propiedades 30.000.00
XX Inspección de ferrocarriles 4.800.00
XXI Matrícula escolar 10.000.00
XXII Producido de aguas potables 70.000.00
XXIII Utilidades del Banco de la Provincia 56.880.00
XXIV Multas policiales 25.000.00
XXV Multas a deudores morosos 15.000.00
XXVI Subvención Nacional para escuelas 1899 44.000.00
XXVII Subvención Nacional para escuelas 1900 168.000.00
XXVIII Subvención Nacional para Estadística 3.600.00
XXIX Subvenciones municipales para escuelas 30.000.00
XXX Contribución directa 1899 50.000.00
XXXI Patentes 1899 10.000.00
____________
Total $ m/n 2.210.830.00
Art.3º.- Queda facultado el P. E. para procurarse por me
dio del crédito en plaza y en los Bancos, las sumas necesa-
rias para atender al servicio del Presupuesto de la Adminis-
tración del ejercicio de 1900, dentro de los recursos del
mismo.
Art.4º.- Autorízase al P. E. para aplicar al pago de las
obligaciones y saldos de ejercicios vencidos, hasta el 31 de
Diciembre de 1898, que se calculan en $ m/n. 378.936.16, el
producido de todos los impuestos y valores a cobrar hasta la
misma fecha, que representan $ m/n. 900.660.15.-
Art.5º.- Comuníquese al P. E.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a diez
y siete de Enero de mil novecientos.-