• Detalle de Ley

    Ley N°: 781
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 19/03/1900
    Promulgada: 21/03/1900
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                 L E Y:
    
       Artículo 1º.- Desde el corriente año quedan exoneradas de
    todo impuesto las Compañías de Seguros que operen exclusiva-
    mente sobre  riesgos agrícolas y estén legalmente constitui-
    das con  un  capital suscrito no menor de un millón de pesos
    moneda nacional ($ m/n 1.000.000), debiendo ser realizado el
    diez por ciento del mismo.
    
       Art.2º.- La  exoneración a que se refiere el artículo an-
    terior regirá durante un período de diez años, contados des-
    de el día de la promulgación de la presente ley.
    
       Art.3º.- El P. E. reglamentará la presente ley.
    
       Art.4º.- Comuníquese al P. E.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a diez
    y nueve días de Marzo de mil novecientos.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    EXONERA DE IMPUESTOS A LAS COMPAÑIAS DE SEGUROS QUE OPERAN EXCLUSIVAMENTE SOBRE RIESGO AGRICOLA.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 23- PAGINA 312.-