• Detalle de Ley

    Ley N°: 788
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 12/10/1900
    Promulgada: 15/10/1900
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Autorízase al P. E. para  la adquisición de
    dos máquinas  perforadoras,  y  sus accesorios de pozos sur-
    gentes.
    
       Art. 2º.- Autorízase  igualmente  al P. E. para contratar
    el personal  técnico necesario al buen funcionamiento de las
    máquinas.
    
       Art. 3º.- Dichas perforadoras serán destinadas al estudio
    de las  napas  de agua del subsuelo de la Provincia en todos
    los Departamentos,  y el P. E., en las sesiones Legislativas
    del año  próximo  venidero,  presentará a las HH. Cámaras un
    informe de los resultados obtenidos.
    
       Art. 4º.- Los  gastos ocasionados  por la presente ley se
    imputarán a la misma.
    
       Art. 5º.- Comuníquese al P. E.
    
       Dada en  la Sala de Sesiones de la H. Legislatura, a doce
    de Octubre de mil novecientos.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A ADQUIRIR DOS MÁQUINAS PERFORADORAS, Y SUS ACCESORIOS DE POZOS SURGENTES.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 24- PAGINA 111.-