* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Sustitúyese el inciso f) del Artículo 1º de
la Ley Nº 7.755, el que quedará redactado en la forma que se
indica a continuación:
"Inciso f.- Inmueble Padrón Nº 143.902, Matrícula
21209, Orden 182, C: I, S:C, Lámina 174, Parcela
121 (K) 35, e inscripto en el Registro Inmobilia-
rio bajo la Matrícula Registral M- 8416, con una
superficie aproximada a expropiar de 1.665,4900
mts2."
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los doce días del mes de julio
del año dos mil siete.