* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley Nº
7.335, en la forma que a continuación se indica:
- Reemplazar la expresión: "Ley Nacional Nº 25.512", por
"Ley Nacional Nº 25.212".
Art. 2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintinueve días del mes
de noviembre del año dos mil siete.