• Detalle de Ley

    Ley N°: 799
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SERVICIOS PUBLICOS
    Sancionada: 24/12/1900
    Promulgada: 27/12/1900
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Durante  el año  1901 todos los concesiona-
    rios de  agua  pública contribuirán a los gastos de adminis-
    tración general  y local de las aguas, de acuerdo con el ar-
    tículo 8º de la Ley de Riego, con una cuota de un centavo ($
    0.01) por  la cantidad que corresponde a un litro por segun-
    do a las veinticuatro horas.
    
       Art. 2º.- Comuníquese al P. E.
    
       Dada en  la  Sala  de  Sesiones  de  la H. Legislatura, a
    veinticuatro de Diciembre de mil novecientos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ESTABLECE DURANTE EL AÑO 1901, CONTRIBUCIÓN DE TODOS LOS CONCESIONARIOS DE AGUA PÚBLICA A LOS GASTOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL Y LOCAL DE LAS AGUAS.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 24- PAGINA 174.-