• Detalle de Ley

    Ley N°: 80
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 27/04/1857
    Promulgada: 04/05/1857
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Sala de Representantes sanciona con fuerza de.
    
                                L E Y:
    
       Artículo 1º.- Se  suprime  el  empleo  de ayudante  2º de
    Gobierno y  se aumenta el sueldo de los siguientes empleados
    de esa  oficina en esta forma: el del oficial segundo a 480$
    anuales, el  del  Edecán y ayudante 1º a 528 id, y el de los
    ordenanzas a  16  pesos  mensuales el del primero, y a 14 el
    del segundo.
    
       Art.2º.- Cuando la guarnición de línea marche a ocupar el
    puesto que  ha  ordenado  el  Exmo.  Gobierno Nacional en la
    nueva línea  de frontera sobre el río Salado, se autoriza al
    Poder Ejecutivo  para  aumentar la gendarmería con treinta y
    una plazas, como sigue:
       26 Gendarmes a 144 pesos anuales en seis
          meses del presente año, según cálculo.............1872
       2 Sargentos a 168 pesos  id    id.....................168
       2 Cabos a 156 pesos      id    id.....................156
       1 Ayudante id 250        id    id.....................125
       30 Vestuarios para 30 gendarmes a 8 ps................240
       cada uno, y uno para el ayudante en ...................10
                                                    Pesos  2.571
    
       Art.3º.- Se le  autoriza igualmente  para  hacer los  si-
    guientes gastos en el Tribunal Superior de Justicia, común a
    las Provincias  del  Norte, que debe instalarse, conforme al
    tratado de 13 de mayo del año anterior.
       Por el sueldo del vocal que corresponde nombrar a la pro-
    vincia, a razón de 1.200$  anuales, en 4 meses  del presente
    año que se calcula funcionará............................400
       Por la  cuarta  que  corresponde pagar a la Provincia del
    sueldo de un vocal nombrado en común por las Provincias sig-
    natarias del tratado, calculando a  razón de 1.500$ anuales,
    en los mismos 4 meses....................................125
       Por  la parte que según el  mismo tratado corresponde sa-
    tisfacer a la  Provincia  del sueldo del Fiscal, relator es-
    cribano y alguacil en el mismo tiempo....................190
       Para gastos de instalación,  a saber:  compra de muebles,
    de una colección  de  códigos y otros  gastos  según  cálcu-
    lo.......................................................350
       Gastos de escritorio en  dichos 4 meses a razón de 80 pe-
    sos anuales según el tratado..............................20
       Para arreglo  del local que el tribunal debe ocupar en el
    cabildo, según cálculo...................................200
                                                    Pesos  1.285
    
       Art.4º.- Del producto  de tierras  públicas  se  destinan
    1.400 pesos para la conclusión del Colegio de la Merced, 800
    pesos para  una cárcel en Monteros y 500 pesos para gratifi-
    caciones a  los encargados de las postas militares, según el
    Gobierno lo juzgue conveniente.
    
       Art.5º.- Esta  ley  se  considerará  como parte de la del
    presupuesto de gastos vigente.
    
       Art.6º.- Comuníquese al P.E.
    
       Sala de Sesiones en Tucumán, Abril 27 de 1857.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AMPLIA EL PRESUPUESTO VIGENTE APROBADO POR LEY N° 72.

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOSTOMO 2 - PAG. 31