* CADUCA *
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley Nº 7.888 en la forma que
a continuación se indica:
-En el Artículo 1º:
-Suprimir el punto 2.
-En el Art.2º:
-Sustituir la expresión: "Los inmuebles descriptos
en el Artículo 1º. serán destinados", por la expresión:"El
inmueble descripto en el Artículo 1º, será destinado".
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los catorce días del mes de
febrero del año dos mil ocho.