• Detalle de Ley

    Ley N°: 8080
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: VIGENTE
    Categoria: ECONOMICO - TURISMO
    Sancionada: 05/06/2008
    Promulgada: 05/06/2008
    Publicada: 09/06/2008
    Boletin Of. N°: 26804

  • Texto
  •    La Legislatura de la Provincia  de Tucumán, sanciona  con
    fuerza de
    
                            L E Y : 
    
       Artículo 1º.- Ratifícase, en todos  sus  términos, el De-
    creto  con invocación de Necesidad y Urgencia Nº 37/1 de fe-
    cha 16 de Mayo de 2008.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
       Dada en la Sala de  Sesiones de la  Honorable Legislatura
    de la  Provincia de Tucumán, a los cinco días del mes de ju-
    nio del año dos mil ocho.
    
       San Miguel de Tucumán, 16 de mayo de 2008.-
    
    DECRETO ACUERDO Nº 37/1.-
    EXPTE. Nº 335/300-E-2008.-
    
       VISTO, la comunicación efectuada por el  señor Presidente
    del Ente Autárquico Tucumán Turismo relacionada con  la  in-
    fraestructura hotelera de categoría superior  con que cuenta
    la Provincia, y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que Tucumán ha sido distinguida  para  la realización  de
    una Cumbre de Presidentes de Estados que integran el  MERCO-
    SUR, la que se llevará a cabo a fines  del  mes de junio del
    corriente año.
       Que con el propósito de determinar los lugares de  aloja-
    miento de tan distinguidos huéspedes, el  Ente  de  Turismo,
    conforme al relevamiento efectuado, hace conocer que en  San
    Miguel de Tucumán existen cincuenta y  cinco (55) habitacio-
    nes en tres hoteles que pueden ser refaccionadas para dejar-
    las en condiciones de ser calificadas como suites  presiden-
    ciales o 5 estrellas internacional. Las mismas pertenecen  a
    los Hoteles  Catalinas Park (cuenta  con  40  habitaciones),
    Garden Park (cuenta con  10 habitaciones) y Metropol (cuenta
    con 5 habitaciones).
       Que según lo informa el  Organismo citado, los  propieta-
    rios de los establecimientos hoteleros  se  han  manifestado
    favorablemente en el sentido  de realizar  las  adecuaciones
    necesarias habiéndose estimado el  costo  de refacción en la
    suma de $ 55.000.- por cada habitación, solicitando  que  el
    Estado les brinde asistencia económica en  un  monto equiva-
    lente al 30% de los fondos a invertir.
       Que en tal sentido y atendiendo  la  importancia  que  el
    evento  reviste  para  nuestra Provincia, se estima del caso
    resolver favorablemente, para que a través del  Ente  Autár-
    quico Tucumán Turismo, se otorgue a los Hoteles citados pre-
    cedentemente subsidios  hasta  la  suma de $ 15.000.- (Pesos
    quince mil), por cada una de las habitaciones en las  canti-
    dades que se referencia, siendo el mismo  responsable  de la
    aprobación y control de ejecución de los proyectos, que  de-
    berán ajustarse a los requerimientos y estándares buscados.
       Que la premura con que debe  desarrollarse  los  trabajos
    necesarios, hace que este Poder Ejecutivo haga  uso  de  las
    facultades conferidas por el Artículo  101, inciso 2º  de la
    Constitución de la Provincia, dictando del presente  decreto
    acuerdo de necesidad y urgencia.
    
       Por ello,
    
                   EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
                       EN ACUERDO DE MINISTROS
                             DECRETA:
    
    ARTICULO 1º.- Autorízase al Ente Autárquico Tucumán Turismo,
    a otorgar a las  firmas propietarias  de los Hoteles  que se
    indican  a continuación, subsidios por  la suma  de  hasta $
    15.000.- (Pesos Quince  mil), por cada habitación  que deban
    refaccionar para otorgarles la calificación de Suites Presi-
    denciales o 5 estrellas internacional: Gran Hotel del Parque
    S.A. (Hotel Catalinas Park, hasta cuarenta habitaciones), Le
    Parc S.R.L. (Hotel Garden  Park, hasta diez  habitaciones) y
    Hotel Metropol  S.A. (Hotel Metropol, hasta cinco habitacio-
    nes), de conformidad con lo precedentemente considerado.
    
    ARTICULO 2º.- El Ente Autárquico Tucumán Turismo (EATT) será
    autoridad  de  aplicación  a los efectos de la  aprobación y
    control de ejecución de los proyectos.
    
    ARTICULO 3º.- Facúltase a la Secretaría de Estado de Hacien-
    da, a efectuar las  adecuaciones  presupuestarias necesarias
    en el Presupuesto General  2008 del Ente  Autárquico Tucumán
    Turismo (EATT), que permita  el cumplimiento de lo dispuesto
    en el presente Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencia.
    
    ARTICULO 4º.- Remítase  a consideración de la  Honorable Le-
    gislatura  de la Provincia, conforme  lo establecido  por el
    Artículo 101 de la Constitución de la Provincia.
    
    ARTICULO 5º.- El presente  Decreto Acuerdo  será  refrendado
    por los señores  Ministros de Gobierno y Justicia, de Econo-
    mía, de Salud  Pública, de Desarrollo Productivo, de Seguri-
    dad Ciudadana, de Educación, de Interior y de Desarrollo So-
    cial, y firmado por el señor Secretario General de la Gober-
    nación.
    
    ARTICULO 6º.- Dése al Registro  Oficial de Leyes y Decretos,
    comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
    

  • Relaciones
  • Resumen

    CONVALIDA EL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 37/1 DEL 16/05/08 -AUTORIZA AL ENTE AUTÁRQUICO TUCUMÁN TURISMO A OTORGAR SUBSIDIOS A PROPIETARIOS DE HOTELES PARA REFACCIONAR HABITACIONES COMO SUITES PRESIDENCIALES-.

  • Observaciones